Absuelto de un delito de intento de homicidio un portero de la sala Kapital

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto a Juan Pablo N.H., portero de la discoteca Kapital, acusado de un delito de homicidio intentado.Los hechos sucedieron a las puertas de la sala en la madrugada del 31 de diciembre de 2001.
Absuelto un portero de la sala Kapital (FOTO:MEC)
Absuelto un portero de la sala Kapital (FOTO:MEC)
Ministerio de Educación y Ciencia
Absuelto un portero de la sala Kapital (FOTO:MEC)

El tribunal entiende que no ha quedado "debidamente acreditada" la autoría de los hechos.

No obstante, la Sala ha condenado al imputado y a Alberto Boris Z.A. al pago de una multa de 600 euros como autores de una falta de malos tratos de obra.

Se ha comprobado que golpearon a la víctima, A.I., a la que deberán indemnizar en 300 euros.

Otros absueltos

El fallo también absuelve a Manuel M.S. y Mario P.F. de un delito de malos tratos y a Raúl N.H., el hermano de Juan Pablo N.H., al que se le imputaba un delito de obstrucción a la justicia y coacciones.

N.H.  entregó 6.000 euros y un reloj a la víctima con el fin de que ésta no identificara en una rueda de reconocimiento a Juan Pablo como autor de los hechos.

La resolución jurídica de la sección tercera de la Audiencia madrileña declara probado que en la madrugada del 31 de enero de 2001 el agredido A.I. se dirigió en compañía de un amigo a la discoteca.

Los porteros de la misma le denegaron el paso alegando que en el interior se estaba celebrando una fiesta privada.

Prohibido por ser negros

Tanto A.I como su acompañante protestaron por este hecho al considerar que se les prohibía la entrada porque eran negros, momento en el que se produjo un altercado con los porteros del local.

Durante la trifulca, los responsables de la seguridad de Kapital golpearon a los dos hombres utilizando expresiones como "putos negros".  En esta situación se unieron a la riña Juan Pablo N.H. y Alberto Boris Z.A.

Tras los primeros golpes, "una persona cuya identidad se desconoce, sacó una navaja que clavó por dos veces en el abdomen de A.I.", quien sufrió lesiones que, de no haber sido atendidas, hubieran determinado su fallecimiento.

6.000 euros y un reloj

Tras la detención de diversas personas por estos hechos, entre las que se encontraba Juan Pablo N.H., el hermano de éste, Raúl, abordó a la víctima cuando iba a realizar una rueda de reconocimiento.

Le entregó 6.000 euros y un reloj a cambio de que no identificara a Juan Pablo como la persona que le había asestado las puñaladas.

No queda acreditada la autoría

La sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación ante el Tribunal Supremo, señala que los hechos cometidos por Raúl N.H. no constituyen un delito de obstrucción a la justicia.Tampoco constituyen un delito de coacciones, ya que "no existió una conducta que reúna los caracteres mínimos de una amenaza objetiva".

"Claras sospechas"

Por otra parte, la Sala no considera debidamente probado que Juan Pablo N.H. fuera el autor de los navajazos que recibió A.I. aunque advierte "claras sospechas" sobre este punto.

La víctima reconoció al procesado cuatro días después de sufrir la agresión.

El imputado aseguró haber estado en el lugar de la reyerta y además existe el soborno protagonizado por el hermano del principal sospechoso.

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