Absuelto el vigilante acusado de romper la pierna a un joven que se colaba en el metro de Barcelona

Estación de metro de la Barceloneta.
Estación de metro de la Barceloneta.
Ayuntamiento de Barcelona.
Estación de metro de la Barceloneta.

El juzgado de lo penal número 28 de Barcelona ha absuelto a un vigilante de seguridad del Metro que afrontaba nueve meses de cárcel por tirar al suelo a un joven, que acabó con una fractura en la pierna, para inmovilizarlo porque creía que tenía intención de colarse.

En su sentencia, el juzgado descarta el delito de lesiones de que la Fiscalía acusaba al vigilante, al concluir que el acusado se limitó a llevar a cabo una "inmovilización" y que las lesiones que sufrió fueron accidentales. El Ministerio Público pedía nueve meses de cárcel para el acusado por un delito de lesiones, mientras que la acusación particular, ejercida por abogados de la asociación pro derechos humanos Irídia, solicitaba 3 años y 6 meses.

Según mantiene el ministerio público, el joven se dirigió la madrugada del 8 de mayo de 2022 hacia la zona de los tornos de la estación Joanic de la Línea 4 del Metro, acompañado de varios compañeros de trabajo, y cuando fue a introducir el título tuvo problemas para validarlo.

Una sanción derivó en discusión

Ante la imposibilidad de poder validar el billete, según las acusaciones, el joven cruzó el torno con la ayuda de una de las compañeras, momento en el que se acercó el vigilante juzgado, junto a otros agentes de seguridad, para indicarle que debía ser sancionado, lo que derivó en una discusión.

Las acusaciones sostienen que cuando el joven se acercó a la máquina a comprar un billete, el procesado lo agarró por la espalda, le hizo un fuerte "placaje" y le acabó tirando al suelo, lo que le provocó la lesión en una pierna. No obstante, para el juez, el denunciante no fue "arrojado o lanzado" por un "empujón, zancadilla o similar", sino agarrado y colocado en el suelo, en un "movimiento brusco pero inevitable".

La sentencia considera acreditado que se trató de una maniobra "inmovilizadora", que se ajusta a esa "finalidad legítima, sin eventual intención de dañar ni, tampoco, infracción de la norma debida de cuidado". Además, considera el juez que "si algún actuar chulesco tuvo lugar" en el incidente fue el del joven contra los vigilantes, "insultándoles airado y con reiteración pese a la infracción que cometió". La acusación particular ha presentado ya recurso de apelación contra la sentencia.

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