Este es el límite de los autónomos para estar obligado a hacer la declaración de la Renta 2023-2024

  • Cualquier persona que se haya dado de alta como autónomo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del 2023 está obligado a hacer la declaración de la Renta en 2024.
Autónomos, Trabajador, Autónomo
El sistema de cotizaciones y cuotas para los autónomos cambió desde el 1 de enero de 2023.
UPTA/EP
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La Agencia Tributaria establece que para determinar si se debe presentar la declaración de la Renta, es fundamental considerar los diferentes tipos de ingresos que se hayan obtenido durante el año, como los rendimientos del trabajo, del capital mobiliario e inmobiliario, las ganancias patrimoniales y los ingresos por actividades económicas.

El próximo 3 de abril dará inicio la campaña correspondiente al ejercicio económico de 2023, que durará hasta el 1 de julio. Hasta este año, los trabajadores autónomos podían optar por presentar o no su declaración de la Renta en función de sus ingresos durante el ejercicio fiscal. Sin embargo, la normativa ha cambiado y la presentación será obligatoria para todos.

Cambios para los autónomos

A partir de 2024, todos los autónomos deberán declarar sus ingresos, independientemente de la cantidad que hayan percibido. Este cambio afecta a aproximadamente 200.000 autónomos que hasta ahora no tenían que presentar la declaración.

Tal como recoge el Real Decreto 13/2022, de 26 de julio, están obligados a hacer la declaración de la renta todos los profesionales autónomos cuyos ingresos totales superen los 22.000 euros brutos anuales, hayan obtenido más de 1.000 euros de diversas fuentes de ingresos, o si han tenido ganancias o pérdidas patrimoniales específicas. Esto significa que incluso aquellos con ingresos modestos deberán cumplir con esta obligación.

Estas modificaciones buscan simplificar y hacer más equitativo el proceso tributario para los trabajadores por cuenta propia.

Gastos deducibles para autónomos

Si bien ser autónomo implica asumir una serie de responsabilidades y obligaciones, la ley también recoge la posibilidad de deducir algunos gastos en la declaración de la Renta.

  • Gastos corrientes: Alquiler del local, suministros (luz, agua, internet), material de oficina, etc.
  • IVA en vehículos usados para la actividad: Aunque no se puede deducir el IVA completo de un vehículo usado, sí es posible deducir un porcentaje del mismo.
  • Gastos de suministros al trabajar desde casa: Si el autónomo trabaja desde casa, puede deducir un porcentaje de los gastos de suministros (luz, agua, internet) en función del espacio que dedica a su actividad profesional.
  • Cursos y formaciones: Los gastos en cursos y formaciones relacionados con la actividad profesional también son deducibles.

Para obtener más información sobre la deducción de gastos en el IRPF para autónomos, recomendamos consultar la página web de la Agencia Tributaria.

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