Qué deducciones fiscales puedes aplicar para pagar menos a Hacienda si tienes una vivienda

Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta.
Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta.
Carlos Lujan / EUROPA PRESS
Varias personas son atendidas en la Agencia Tributaria para presentar la declaración de la renta.

Con la vista puesta en la próxima campaña de la renta de la Agencia Tributaria, que comienza el 3 de abril, las personas que sean propietarias de un piso o una casa pueden acceder a una serie de deducciones fiscales a la hora de hacer la declaración de la renta, siempre y cuando esta sea su vivienda habitual.

En este sentido, Hacienda entiende por vivienda habitual aquella edificación en la que se haya vivido de forma continuada durante al menos 3 años, o bien la que el contribuyente habite con carácter permanente en un plazo no superior a doce meses contados desde la fecha de adquisición o de terminación de las obras.

No obstante, si en un plazo inferior a 3 años el contribuyente fallece, hay una separación matrimonial o traslado laboral, entre otras circunstancias, la Agencia Tributaria entenderá que la vivienda "tuvo el carácter de habitual".

Aunque esta deducción por vivienda habitual se suprimió a partir del 1 de enero de 2013, aquellos que ya se hayan deducido antes de esa fecha pueden seguir aplicándola en su próxima declaración de la renta, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos, indica la Agencia Tributaria.

Estos son los tres casos que Hacienda especifica que hay que cumplir para poder aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual:

  • Si has comprado tu vivienda habitual o has pagado cantidades para la construcción de la misma con anterioridad a 1 de enero de 2013.
  • Si has pagado cantidades por obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013, siempre que estas obras hayan finalizado antes del 1 de enero de 2017.
  • Si has pagado cantidades para la realización de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual de las personas con discapacidad antes del 1 de enero de 2013, siempre y cuando estas obras o instalaciones hayan concluido antes del 1 de enero de 2017.

En cualquiera de estos tres supuestos mencionados, Hacienda exige que, para poder aplicar la deducción en la próxima declaración de la renta, el contribuyente ya se haya aplicado la deducción por dicha vivienda en 2012 o en años anteriores.

En lo que respecta a las cantidades que se pueden deducir a la Agencia Tributaria, el importe para inversiones en adquisición, rehabilitación, construcción o ampliación de la vivienda habitual pueden alcanzar los 9.040 euros anuales, detalla Hacienda.

Del mismo modo, la deducción por cantidades destinadas a la realización de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual del contribuyente por razón de discapacidad puede llegar hasta los 12.080 euros anuales. Según especifica la Agencia Tributaria, este límite "es independiente del límite de 9.040 euros establecido para los restantes conceptos deducibles por inversión en vivienda habitual".

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