Nuevo impulso al Plan Reviva de Madrid: las casas podrán estar menos de 9 meses vacías

Interior de la vivienda
Interior de la vivienda
A. S.
Interior de la vivienda

Las condiciones para poder formar parte del Plan Reviva del Ayuntamiento de Madrid han cambiado, de manera que los propietarios que quieran ceder sus viviendas vacías al Consistorio cuentan ahora con más facilidades como, por ejemplo, que ya no deberán estar desocupadas al menos nueve meses antes de la firma de cesión. Con este programa, el Ejecutivo municipal busca recuperar viviendas que están vacías para ponerlas en circulación como pisos de alquiler accesible. Se trata de un proyecto en el que salen beneficiados tanto el propietario como el inquilino.

A través de este plan, gestionado por la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo (EMVS), el Ayuntamiento se hace cargo de todos los trámites administrativos y jurídicos, de manera que el propietario puede despreocuparse de este tipo de gestiones. Además, Cibeles se hace cargo de los gastos de la comunidad de vecinos, del seguro del hogar, de las reparaciones ordinarias y del IBI. A esto hay que sumar que los gastos relacionados con la cesión, como la Plusvalía o la inscripción en el Registro de la Propiedad, correrán a cargo de la Administración.

Gracias a la puesta en marcha de esta plan, los madrileños pueden acceder a viviendas en cualquiera de los 21 distritos que conforman la capital. Esto supone que una vivienda en el barrio de Goya con tres dormitorios podría tener una renta de 760 euros. 

Cuáles son las novedades

El último Consejo de Administraciones de EMVS de Madrid aprobó una serie de modificaciones en las bases reguladoras a fin de facilitar el proceso para formar parte del Plan Reviva y mejorar sus condiciones. El cambio más destacado es que ya no es obligatorio que las viviendas permanezcan desocupadas al menos nueve meses antes de incorporarse al programa.

Por otro lado, la EMVS ha decidido elevar a cinco años el mínimo de tiempo que debe cederse esta vivienda, además de que cada propietario no puede firmar más de cinco sesiones. No obstante, dentro de este límite no entran los pisos turísticos.

En lo que respecta a los inquilinos, que deben tener unos ingresos ponderados de entre 3 y 5,5 veces el IPREM, se beneficiarán de precios de entre un 15 y un 20% por debajo de lo establecido en el mercado. De esta manera, en ningún caso tendrán que destinar más del 30% de su sueldo a pagar el alquiler. 

Además, los menores de 35 años, los mayores de 65 años, las personas con discapacidad, las familias con hijos menores de 25 años dependientes económicamente, familias con hijos dependientes económicamente a su cargo con un grado de discapacidad igual o superior al 33%; personas  separadas o divorciadas con hijos que acrediten esta circunstancia mediante actas notariales o sentencias dictadas en procesos de separación o divorcio recibirán ayudas económicas por parte de la EMVS. Estas podrían ascender hasta los 900 euros si se cumplen las siguientes características: familias numerosas, familias monoparentales, personas con discapacidad igual o superior a un 65%, familias con personas dependientes a su cargo de dependencia grado III, víctimas de terrorismo o víctimas de violencia de género.

Beneficios del Plan Reviva

Además de que el propietario puede desentenderse de los trámites jurídicos y administrativos a partir de que firme la cesión de la vivienda al Ayuntamiento, en caso de que el piso necesite obras, la EMVS adelantará el pago de las mismas hasta 45.000 euros al 0% de interés y se hará cargo del IVA de estas actuaciones. Esta cuantía se va descontando poco a poco de la renta mensual que los propietarios de la vivienda perciben, de manera que pueda mejorar y modernizar su piso sin sufrir las consecuencias y molestias que suelen derivar de este tipo de intervenciones.

La cantidad que se descuenta de la renta se establece en función de la duración del contrato de usufructo, que varía entre los 5 y 10 años. 

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