Esta será la edad de jubilación según el año de nacimiento para cobrar el 100% de la pensión

Dos jubilados.
Dos jubilados.
Foto por formulario PxHere.
Dos jubilados.

Desde hace unos años, se inició el proceso a través del cual la edad de jubilación se va retrasando en España. Esta edad va incrementando de forma gradual hasta llegar a los 67 años en el año 2027, para aquellos que hayan cotizado menos de 38 años y medio.

En cualquier caso, para acceder a la jubilación y cobrar el 100% de la pensión se deben cumplir dos condiciones: la edad exigida y el tiempo de cotización que establece la Seguridad Social.

Este 2023, la edad ordinaria de jubilación para optar el 100% de la pensión se sitúa en los 66 años y cuatro meses. Pero, a partir de 2024, esta edad se ve incrementada en dos meses, es decir, en 66 años y seis meses.

Por lo tanto, en cada ejercicio económico se va a ir subiendo el tiempo mínimo cotizado en tres meses y la edad legal en dos meses.

Los nacidos en 1960 en adelante, deben sumar 67 años a su fecha de nacimiento y para cobrar el 100%, se debe haber cotizado 37 años. En el caso de que se quiera jubilar a los 65 años, se deben haber cotizado 38 años y seis meses. En todo caso, el periodo de cómputo para la pensión es de 25 años.

A raíz de la reforma de las pensiones, la edad de jubilación y los años mínimos de cotización para cobrar el 100% de la pensión irán aumentando de forma progresiva hasta 2027.

De este modo, aquellos que quieran jubilarse a los 65 años a partir de 2027 deberán haber cotizado 38 años y 6 meses o más, mientras que si se han cotizado menos de 38 años y 6 meses habrá que esperar hasta los 67 años para jubilarse.

Así, en resumen:

  • Nacidos en 1961: Pueden jubilarse entre 2026 (si tienen 38 años y seis meses o más de cotizaciones) y 2028 (si tienen menos de 38 años y seis meses de cotizaciones).
  • Nacidos en 1962: Pueden jubilarse entre 2027 y 2029, dependiendo de la cantidad de años cotizados mencionada anteriormente.
  • Nacidos en 1963: Pueden jubilarse entre 2028 y 2030, según los años cotizados mencionados anteriormente.
  • Nacidos en 1964: Pueden jubilarse entre 2029 y 2031, dependiendo de los años cotizados mencionados anteriormente.
  • Nacidos en 1965: Pueden jubilarse entre 2030 y 2032, según los años cotizados mencionados anteriormente.
  • Nacidos en 1966: Pueden jubilarse entre 2031 y 2033, dependiendo de los años cotizados mencionados anteriormente.
  • Nacidos en 1967: Pueden jubilarse entre 2032 y 2034, según los años cotizados mencionados anteriormente.
  • Nacidos en 1968: Pueden jubilarse entre 2033 y 2035, dependiendo de los años cotizados mencionados anteriormente.
  • Nacidos en 1969: Pueden jubilarse entre 2034 y 2036, según los años cotizados mencionados anteriormente.

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