Las indemnizaciones que pueden reclamar los afectados por la suspensión del Reggaeton Beach Festival

Cartel promocional del Reggaeton Beach Festival de Madrid en 2023.
Cartel promocional del Reggaeton Beach Festival de Madrid en 2023.
Reggaeton Beach Festival
Cartel promocional del Reggaeton Beach Festival de Madrid en 2023.

El Ayuntamiento de Madrid no ha autorizado la celebración del Reggaeton Beach Festival al que iban a asistir este fin de semana en el espacio Iberdrola Music de Villaverde unas 50.000 personas debido a que no se garantizaban las condiciones de seguridad y de evacuación adecuadas.

Ahora, los afectados, la mayoría no residentes en la Comunidad de Madrid, se preguntan qué pueden hacer para recuperar no solo el dinero abonado por las entradas, sino también el gastado en hoteles y traslados contratados.

Facua-Consumidores en Acción ha instado a la empresa DQG Madrid AIE, promotora del festival, a "iniciar con la mayor brevedad posible el proceso de reembolso de las entradas a todos los usuarios" y ha criticado que en la web aún no se haya informado de nada.

Facua ha advertido en un comunicado de que ya existen" mecanismos legales y normativas que habilitan a los usuarios a recibir los importes de entradas de espectáculos cancelados", por lo que los promotores del Reggaeton Beach Festival "no necesitan de las decisiones de ninguna autoridad competente para empezar a reembolsar el dinero a los usuarios que así lo soliciten desde el mismo momento en que ha comunicado la cancelación del festival"

La organización ha alertado de que Reggaeton Beach Festival podría estar incurriendo "en un comportamiento abusivo si se niega a reembolsar el importe de las entradas y de los bonos u otros servicios adquiridos que no se podrán consumir debido a la cancelación del evento". 

La Ley 17/1997, de 4 de julio, de la Comunidad de Madrid, sobre Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas establece, en su artículo 24.4, que "los usuarios tendrán derecho a la devolución total o parcial del importe abonado por las localidades, en el supuesto de que el espectáculo o actividad recreativa sea suspendido o modificado sustancialmente".

Facua ha incidido en que el artículo 1.124 del Código Civil establece que "la facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe. El perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos. También podrá pedir la resolución, aun después de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultare imposible".

Hoteles y traslados contratados

La asociación ha señalado además que los afectados "pueden pedir que se les indemnice por todos los daños que, con independencia de su naturaleza, la cancelación del evento les hubiera podido provocar". "Entre ellos, los afectados pueden exigir, además de que se les abone el dinero que pagaron por las entradas, los bonos por consumiciones que no van a poder realizar, los hoteles contratados y traslados para asistir a este festival", ha añadido. 

De esta forma, el artículo 1101 del Código Civil indica que "quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquéllas".

La asociación espera que "la organizadora realice la devolución con la mayor celeridad posible y sin ninguna demora, e insta a los usuarios afectados a acudir a FACUA si terminan encontrándose con problemas para obtener el reembolso una vez la devolución de las cantidades haya comenzado"

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