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Así afecta la Ley de Desindexación a las empresas relacionadas con la discapacidad: "Muchos servicios se convierten en inviables"

  • La ley de Desindexación prohíbe subir los precios de un concurso público firmado aunque suban los costes.
Una mujer con discapacidad en su puesto de trabajo.
Una mujer con discapacidad en su puesto de trabajo.
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Una mujer con discapacidad en su puesto de trabajo.

Centros especiales de empleo, empresas adjudicatarias de servicios básicos esenciales para la discapacidad como cuidados… todas ellas tienen una problemática en común, el perjuicio que les está causando la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española. Esta ley, para evitar los sobrecostes tras las concesiones de concursos públicos a empresas privadas, establece los precios por los que se ha concedido un determinado concurso no pueden ser revisados mientras dura dicha concesión. Concretamente, en el Artículo cuatro del capítulo II, dice literalmente que "Los valores monetarios referidos en el artículo 3.1.a) -en cuya determinación intervenga el sector público- no podrán ser objeto de revisión periódica y predeterminada en función de precios, índices de precios o fórmulas que los contenga". 

Desde las empresas encargadas de ofrecer determinados servicios públicos, aseguran que, en periodos de estabilidad económica y de una inflación estable, no subir los precios puede ser admisible, pero no lo es en coyunturas económicas con una alta inflación.

Si los precios no se revisan y los costes se disparan, se pone a las empresas en una tesitura muy complicada

Si los costes de ofrecer determinados servicios -por ejemplo, energéticos, de materias primas o salariales- se disparan y por parte de la administración reciben el mismo dinero, las empresas dejan de ser rentables, lo que repercute, según aseguran desde el sector, tanto en la calidad del servicio como en la viabilidad, "si los precios no se revisan y los costes se disparan, se pone a las empresas en una tesitura muy complicada", asegura Luis Cruz, Vicepresidente de CONACEE (Confederación Nacional de Centros Especiales de Empleo).

Y eso es precisamente lo que ha pasado en el último año y medio, pues cuando pasó lo peor de la pandemia, se dieron una serie de circunstancias, especialmente la guerra en Ucrania, que provocaron lo que Luis Cruz califica como ‘una tormenta’ perfecta que favoreció que los precios se dispararan: "el IPC disparado, los costes de la energía y las materias primas, la subida importante del SMI que arrastra al convenio colectivo… Si los gastos se elevan rápidamente, pero los ingresos, los precios, son los mismos, muchas empresas se convierten en inviables, tienen que cerrar", explica.

Un cambio de legislación que permitiera, en algunas circunstancias, variar el precio de los concursos públicos evitaría parte del daño que la inflación provoca en las empresas y los servicios que prestan.

Empresas ahogadas y peores servicios públicos

Los concursos públicos suelen ganarse por precio, lo que provoca que las empresas que se presentan, lo ajusten al máximo, y con este ajuste de coste, reduzcan al máximo tambiñen sus beneficios. Por eso, cuando se producen aumentos de costes no previstos, esto puede provocar incluso tengan que trabajar a pérdidas, "en nuestro caso, que trabajamos en el sector servicios, los márgenes son muy ajustados, por lo que, con cualquier incremento de costes no previsto, el margen que tenemos para poderlo absorber es muy reducido. Esto provoca que muchas empresas no puedan continuar con su actividad", afirma, "todos estos problemas vienen, la mayoría de las veces, porque para asignar estos contratos lo que más se tiene en cuenta es el precio, y nos gustaría que se valorarán otros criterios, como la calidad, porque teniendo en cuenta solo el precio, nos obliga a las empresas a trabajar con muy poco margen". 

Gran parte de estos problemas vienen porque para asignar estos contratos lo que más se tiene en cuenta es el precio

Luis Cruz, advierte además de que esto repercute, no sólo en los empleados, sino también en los usuarios, pues la calidad del servicio, si te ves obligado a reducir costes para sobrevivir, se resiente, "no poder repercutir los costes en el precio, yendo un poco más allá, no solo generan perjuicios para las empresas, sino también para los propios usuarios y los trabajadores. Para los usuarios porque, debido a los escasos márgenes, se intenta recortar costes y eso redunda en la calidad del servicio. Muchos de estos servicios, son esenciales, y es una pena que los usuarios -en muchos casos, personas con discapacidad- sufran porque no se puedan revisar esos precios". 

En el caso de los trabajadores, ocurre lo mismo, "el escaso margen de maniobra que tienen las empresas hace que tampoco se puedan subir los salarios acorde a la subida del coste de la vida, que es lo que nos gustaría. Es un bucle que perjudica a todos y que creemos que se podría evitar modificando esta ley y que permitiera trasladar los costes al precio".

Por todo ello, es indispensable, según Luis Cruz, que se modifique la ley de desindexación, "hay una serie de cosas que pedimos que se modifique en la ley de contratos con el sector público, y una de ellas es que sí se puedan modificar los precios. Estas modificaciones no tienen por qué ser con el IPC, puede tenerse en cuenta otra serie de indicadores, se pueden mirar distintas fórmulas de hacerlo", explica.

Por ejemplo, desde CONACEE ven lógico que se suba el SMI, pero no que no dejen repercutir esta subida en los precios de los concursos, "estamos de acuerdo con que suba, porque estaba muy bajo y tiene que ir acorde a lo que cuestan las cosas, pero nos tienen que dejar repercutirlo en los precios, nos tienen que dar herramientas para que el servicio que prestemos sea viable. La administración está cómoda con unos precios estables, está muy bien, pero nosotros también necesitamos esta estabilidad", se queja.

Concursos públicos que quedan desiertos

Otra cosa que pide que se modifique es la duración de los contratos, pues en la actualidad se prorrogan simplemente con que la administración esté de acuerdo, no es necesario el acuerdo entre ambas partes, "ahora, por ejemplo, un contrato de tres años, prorrogable otros tres, la administración puede decidir unilateralmente seguir cuando se trata de un servicio esencial, aunque la empresa no quiera porque económicamente no puede. Te ves obligado a seguir hasta que salga a concurso y se le asigne a otra empresa", explica.

De no modificarse esta ley, creen que están en peligro multitud de concursos públicos relacionados con la discapacidad, "ante todo, el servicio tiene que ser sostenible, y la administración pública tiene que ofrecer un precio acorde al servicio que quiere dar, para que, al menos, nos permita cubrir costes". 

Ante todo, el servicio tiene que ser sostenible, y la administración pública tiene que ofrecer un precio acorde al servicio que quiere dar

De no ser así, los concursos quedan desiertos y los servicios, no se ofrecen, "Clece, por ejemplo, ha tenido que abandonar 160 contratos públicos porque, al no actualizarse los precios, ya no podíamos ni siquiera cubrir los costes para poder ofrecer un servicio con una mínima calidad. Esto llega al extremo de que los concursos se quedan desiertos y eso, evidentemente, perjudica a las personas con discapacidad si son las que reciben ese servicio, y si son trabajadores también, porque se pueden quedar sin trabajo o no puede subirle el sueldo", advierte.

Al margen de la ley de desindexación, al Vicepresidente de CONACEE le gustaría hacer otra reivindicación, "que se pudiera cambiar Disposición adicional cuarta de la LCSP (Ley de contratación del sector público), que establece que se reserven determinados contratos a los centros especiales de empleo ‘de Iniciativa Social’, nos gustaría que pudieran presentarse cualquier tipo de centro especial de empleo, pues, de otro modo, creemos que perjudica al sector de la discapacidad, que es un sector con unas dificultades de contratación muy importantes". 

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