La JEC estudia delegar en la Junta de Barcelona la retirada del escaño a Borràs

  • La resolución definitiva se conocerá previsiblemente a partir de las 16 horas.
Laura Borràs en su comparecencia tras ser condenada por el TSJC.
Laura Borràs en su comparecencia tras ser condenada por el TSJC.
ACN
Laura Borràs en su comparecencia tras ser condenada por el TSJC.

La Junta Electoral Central (JEC) analiza este jueves las peticiones de PP, Vox y Ciudadanos de retirar el escaño a la presidenta suspendida del Parlamento de Cataluña, Laura Borràs, tras haber sido condenada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) a 4 años y medio de cárcel por adjudicar contratos a dedo, aunque la decisión final la podría trasladar a la Junta Provincial de Barcelona.

Fuentes de la JEC han señalado que la posibilidad de delegar el acuerdo en la Junta Electoral Provincial de Barcelona es la que tiene mayor peso, ya que se trata de una diputada elegida por esta ciudad, aunque habrá que esperar a la resolución definitiva de este tribunal que se conocerá previsiblemente a partir de las 16:00 horas.

La reunión de la JEC comienza a la una de la tarde y tiene como principal asunto del orden del día analizar los tres escritos que registraron PP, Vox y Ciudadanos en el que solicitaban a la Junta Electoral Central ordenar a la Mesa del Parlament la retirada del acta de diputada a la presidenta suspendida de la cámara catalana, toda vez que ella no ha dejado el escaño tras la sentencia del TSJC.

El abogado de Borràs ha recurrido ante el Tribunal Supremo que la condena, conocida el 30 de marzo y que también propone el indulto parcial a Borrás para que pueda evitar la prisión.

El abogado de Laura Borràs presentó ante el Supremo un escrito anunciando que recurriría la condena de cuatro años de cárcel, alegando que se le han vulnerado una decena de derechos constitucionales, entre ellos los de intimidad, secreto de comunicaciones y representación política.

La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña también contempla los delitos de prevaricación y falsedad documental, por los que también impone a la presidenta suspendida una condena de 13 años de inhabilitación y una multa de 36.000 euros.

PP, Vox y Cs se acogen al artículo 6.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) que establece que son inelegibles los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos contra la administración pública o contra las instituciones del Estado cuando la misma haya establecido la pena de inhabilitación para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo o la inhabilitación absoluta o especial o de suspensión para empleo o cargo público.

La petición de Vox recuerda que el delito de prevaricación por el que ha sido condenada Borràs "se encuadra dentro de los delitos contra la administración pública, por lo que no resulta necesario que medie sentencia firme para resultar inelegible".

Tanto esta formación, como el PP y Ciudadanos solicitan dejar sin efecto la credencial de diputada electa al Parlamento de Cataluña por la circunscripción electoral de Barcelona o bien ordenar a la Junta Electoral Provincial de Barcelona que de modo inmediato declare la vacante como diputada.

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