Madrid publica otro listado con los nuevos beneficiarios del Bono Alquiler Joven

Alquiler de vivienda, en una imagen de archivo.
Alquiler de vivienda, en una imagen de archivo.
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Alquiler de vivienda, en una imagen de archivo.

Este martes aquellas personas que solicitasen el Bono Alquiler Joven en Madrid podrán consultar si han recibido esta ayuda. El listado se encuentra publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Esté nuevo listado pretende favorecer a 4.822 nuevos madrileños.

Aquellas personas beneficiadas que en su solicitud indicaran que estaban en proceso de firmar un contrato de arrendamiento deberán aportarlo junto con el certificado de empadronamiento en la vivienda objeto de subvención. Para ello, dispondrán de un plazo de 3 meses, desde el día siguiente a la notificación o publicación de la concesión. El contrato de arrendamiento tendrá que estar formalizado en el plazo máximo de dos meses desde la notificación de la concesión de esta ayuda.

El primer pago corresponderá a los recibos del alquiler que se aportaron durante la solicitud de la ayuda. O, en el caso de aquellas personas que estuviera tramitando la formalización del contrato de alquiler durante la solicitud, recibirán la parte que se haya justificado con los recibos aportados junto con el contrato tras la concesión.

En un plazo de 15 días tras esta publicación, los personas que perciben la ayuda deberán presentar los recibos que justifiquen el pago correspondiente al ejercicio 2022 y que no se hayan presentado con anterioridad, en la solicitud o tras la concesión de la ayuda. 

Finalizado este plazo, las personas que tienen concedido el Bono Alquiler Joven deberán presentar, entre los día 1 a 15 de junio de cada anualidad posterior, los justificantes que acrediten el pago del alquiler de los meses comprendidos entre enero y junio de cada anualidad que hayan percibido hasta ese momento.

De la misma manera, entre el 1 y 15 de diciembre de cada anualidad, habrá que presentar los justificantes de pago del alquiler de los meses de julio a diciembre de cada anualidad que se hayan abonado hasta dicho momento.

Si el contrato de alquiler finaliza antes del periodo que dure la subvención, solo se abonará hasta la fecha de fin de contrato, siempre que se justifiquen los pagos anteriores. Los beneficiarios deberán comunicar a la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación el final del contrato de alquiler o arrendamiento en los 15 días siguientes de producirse.

Retraso en los pagos anteriores

Estas 4.822 personas se unen a las 3.400 que figuraban en el anterior listado. A estas últimas, aún no les han llegando las ayudas al alquiler, según comentan algunos de los beneficiarios. La administración autonómica justifica los retrasos explicando que "debido a la ingente carga administrativa que conlleva esta línea y el caos de las bases regulatorias que han enmarañado su tramitación".

El Bono Alquiler Joven es una subvención directa destinada para aquellos jóvenes de hasta 35 años con unos ciertos umbrales de renta y que están de alquiler. La ayuda se concederá por un plazo máximo de dos años, con un ingreso de 240 euros al mes. En la Comunidad de Madrid para optar al bono el importe del piso o habitación no puede superar los umbrales de 900 euros y de 450, respectivamente.

La semana pasada Enrique Ossorio anunció que las ayudas para el Bono Alquiler joven se ampliarían con 12,3 millones de euros más en Madrid.

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