Renta 2023-2024 en Valencia: ¿Te puedes deducir la compra de un coche?

Declaración de la Renta 2023.
Declaración de la Renta 2023.
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Declaración de la Renta 2023.

El próximo miércoles 3 de abril inicia la campaña de la declaración de la Renta correspondiente al ejercicio de 2023. Esto significa que a partir de dicha fecha, todas las personas que tributan en la Comunidad Valenciana podrán comenzar a presentar sus declaraciones de manera telemática. Aquellos que deseen realizar este trámite de manera telefónica o presencial, deberán esperar hasta el 7 de mayo o 3 de junio, respectivamente, para ello.

Por este motivo, para los residentes en Valencia, Alicante y Castellón resulta necesario tener en cuenta las deducciones autonómicas de las que pueden beneficiarse. En esta comunidad autónoma existen más de una treintena de deducciones y entre ellas destaca una por la adquisición de vehículos nuevos.

Cuánto te puedes deducir en la Renta 2023-2024

Con esta deducción, aquellas personas que en 2023 se hayan comprado un vehículo para su trasladado propio podrán deducirse el 10% de la cantidad desembolsada. En concreto, esta desgravación se aplica en las compras de bicicletas convencionales, electrificadas, kits de electrificación de bicicletas urbanas y vehículos de movilidad personal (VMP).

Dependiendo del vehículo adquirido, el máximo de la deducción es diferente:

  • Bicicletas convencionales urbanas: 550 euros o 750 euros en el caso de que las bicicletas requieran de elemento de carga para transporte infantil.
  • Bicicletas eléctricas: 1.540 euros
  • Kits de electrificación de bicicletas urbanas: 660 euros.
  • Vehículos de movilidad personal: 495 euros.

Cuáles son los requisitos

Los requisitos con los que deberán contar los contribuyentes que soliciten esta deducción en su declaración se corresponden con la suma de las bases liquidables, el tipo de pago con el que se realizó la compra y las personas que aparecen en la factura. Estos son:

  • La suma de las bases liquidables no podrá ser mayor a los 30.000 euros anuales en las declaraciones individuales ni mayor de 47.000 euros en las declaraciones conjuntas.
  • Solamente se podrá adquirir un vehículo por periodo impositivo.
  • El pago tiene que efectuarse con tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o con un ingreso en entidades bancarias.
  • Solo se podrá aplicar la deducción a los contribuyentes que aparezcan en la factura de compra.
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