Esta es la cantidad de dinero que puedes ahorrar si deduces el alquiler en la declaración de la Renta 2023-2024 en Baleares

Una usuaria procede a realizar la declaración de la renta
Declaración de la Renta 2023-2024.
EUROPA PRESS
Una usuaria procede a realizar la declaración de la renta

Un círculo en rojo aparece sobre el 3 de abril en el calendario de todos los contribuyentes españoles, incluidos los residentes en las Islas Baleares, pues ese mismo día, cuando arranca la campaña de la declaración de la Renta 2023-2024 y puede empezar a presentarse.

Como cada año, es posible presentar la declaración, para lo que el plazo expira el próximo 1 de julio, a través de tres vías: online, en el portal Renta WEB, a partir del mismo 3 de abril; por teléfono, con cita previa desde el 7 de mayo; y de forma presencial desde el 3 de junio en las oficinas de la Agencia Tributaria.

A la hora de confeccionar nuestros borradores y declaraciones es importante tener en cuenta las deducciones, nacionales o autonómicas, de las que podemos beneficiarnos. En las Islas Baleares, una de las más importantes es la desgravación por el alquiler de la vivienda habitual.

Requisitos para beneficiarte de esta deducción

Con la deducción por el alquiler de la vivienda habitual, el contribuyente podrá desgravarse el 15% de los importes satisfechos en el período impositivo con un límite de 530 euros si cumple alguno de los siguientes requisitos, tal y como vienen recogidos en el Manual Práctico de la Renta de la Agencia Tributaria:

  • Sean menores de 36 años.
  • Sean mayores de 65 años y no ejerzan ninguna actividad laboral o profesional.

Además, los contribuyentes podrán deducir el 20% de los importes satisfechos en el período impositivo con un importe máximo de 650 euros, si cumplen alguno de los siguientes criterios:

  • Sean menores de 30 años.
  • Tengan recogido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • Tengan derecho al mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes en el IRPF.
  • Sean el padre, la madre o los padres que convivan con el hijo o los hijos sometidos a la patria potestad y que integren una familia numerosa.
  • Sean el padre o la madre que convivan con el hijo o los hijos sometidos a la patria potestad y que integren una familia monoparental con dos o más hijos o hijas.

En ambos casos, todos los contribuyentes de las Islas Baleares deberán cumplir los siguientes requisitos para poder beneficiarse de la deducción:

  • Que se trate del arrendamiento de la vivienda habitual del contribuyente, ocupada efectivamente por este, y que la duración del contrato de arrendamiento sea igual o superior a un año.
  • Que, durante al menos la mitad del período impositivo, ni el contribuyente ni ninguno de los miembros de su unidad familiar sean titulares, del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute, de otra vivienda a menos de 70 kilómetros de la vivienda arrendada, excepto cuando esta se encuentre ubicada fuera de las Islas Baleares o en otra isla, o genere, por el contribuyente o el resto de miembros de su unidad familiar, rendimientos del capital inmobiliario durante el mismo periodo impositivo.
  • Que el contribuyente no tenga derecho en el mismo período impositivo a ninguna deducción por inversión en vivienda habitual.
  • Que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro del contribuyente no supere las siguientes cuantías: 33.000 euros en tributación individual y 52.800 euros en tributación conjunta, y -39.600 euros en tributación individual en familias numerosas o monoparentales, y  63.360 euros en tributación conjunta en familias numerosas o monoparentales.
  • En caso de tributación conjunta, solo podrán beneficiarse de esta deducción los contribuyentes integrados en la unidad familiar que cumplan las condiciones establecidas y por el importe de las cuantías efectivamente satisfechas por estos.
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