Convertir un local en tu vivienda: esto es lo que necesitas saber

Reforma de una vivienda.
Reforma de una vivienda.
M. S.
Reforma de una vivienda.

A la hora de elegir una vivienda existe un abanico amplio de posibilidades, siempre en función de una serie de factores, empezando por el económico. Una de estas opciones, si se reúne una serie de requisitos, es la posibilidad de convertir un local comercial en una vivienda. ¿Cuáles son esos requisitos hacen falta? ¿Cómo hay que intervenir?

En Idealista recoge la opinión de Pablo García, de Atrezo Arquitectos. "Desde 2006, las viviendas se regulan por el Código Técnico de la Edificación (CTE), normativa de obligado cumplimiento en todo el territorio nacional. Aparte de la citada, existen normas de habitabilidad de ámbito autonómico y municipal", dice.

"El planeamiento de cada municipio se reserva una parte para determinar sus condiciones en las viviendas y si son más restrictivos que el código técnico, prevalecerán esas condiciones y debemos cumplirlas", prosigue el arquitecto.

"En el aspecto jurídico, una oficina o local figura como tal en las escrituras y el Registro de la Propiedad y no es posible su cambio por el simple hecho de que vivamos en ella", añade García.

Aunque no es posible vivir en un inmueble que no tenga el tipo de uso residencial, sí se puede convertir una oficina en vivienda de forma legal mediante un cambio de uso en el ayuntamiento.

Para ello es imprescindible presentar un proyecto de cambio de uso redactado por un arquitecto.

"Los costes son variables dependiendo de la actuación, pero es la suma de los costes del estudio de viabilidad, del proyecto técnico, la dirección de obra, la gestión de licencias, las tasas municipales y la construcción", dice Pablo García. Por ejemplo, un local de 80 m2 convertido en vivienda de dos dormitorios, tendría un coste de unos 50.000 euros.

Cosas a tener en cuenta:

  • La viabilidad urbanística: depende del Plan General del Municipio sobre la zona donde se ubica el inmueble. "Podemos tener en el edificio un uso residencial, pero no permitido en la planta baja. En estos casos no sería posible", argumenta Pablo García.
  • Viabilidad geométrica: hay que cumplir lo que establecen las normas sobre habitabilidad, que varían según el municipio.

Este es el procedimiento:

  • Un estudio de viabilidad previo por parte de un técnico competente.
  • Una solicitud de viabilidad de uso al ayuntamiento.
  • Solicitud de licencia y concesión de esta.
  • Realización de la obra.
  • Tramitación de la licencia de primera utilización (es algo así como la licencia de primera ocupación del cambio de uso).
  • Inscribir el cambio de uso en el Registro de la Propiedad.

Tal y como destaca el arquitecto Juan Goñi, la vivienda "debe constar de cocina, baño, salón comedor, dormitorio, espacio para lavadero, etc. Todo esto varía en función del municipio".

En cuanto al tamaño necesario, "como regla sujeta a estudio pormenorizado, en locales menores de 35-40 m2 construidos no se puede hacer el cambio de uso y a veces hacen falta más", dice Goñi.

Así, no todos los locales pueden convertirse en una vivienda, ya que "cada municipio tiene sus normas específicas acerca de la posibilidad o no de realizar el cambio de uso, en su Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) o en sus Normas Subsidiarias. Es fundamental contar con un técnico que estudie la ordenanza de la parcela en que se ubica el local, que vea si el uso es viable y si el local permite cumplir todas las normativas de aplicación", concluye Goñi.

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