Así será la Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz: listado de calles, vehículos restringidos y sanciones

  • La ZBE comprenderá el área entre las avenidas Virgen de Loreto, Constitución, Fronteras y calle Madrid.
  • Se prohibirá el acceso a los vehículos con distintivo A o que carezcan del mismo, pero hay muchas excepciones.
Así será la Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz: listado de calles, vehículos restringidos y sanciones.
Así será la Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz: listado de calles, vehículos restringidos y sanciones.
AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ
Así será la Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz: listado de calles, vehículos restringidos y sanciones.

Torrejón de Ardoz, al igual que otros 22 municipios madrileños, deberá implementar su Zona de Bajas Emisiones (ZBE). Esto se debe a que, según lo dispuesto en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética y en la moratoria establecida por el Gobierno de España el pasado 27 de diciembre, los municipios que tengan más de 50.000 habitantes tendrán hasta mediados de 2024 para poner en marcha sus zonas de bajas emisiones, puesto a que la fecha inicial era el 1 de enero de 2023.

El pasado 14 de noviembre de 2022 fue aprobada la Ordenanza de Zona de Bajas Emisiones de Torrejón de Ardoz y tras haber pasado el periodo de exposición pública de 30 días en las que el Ayuntamiento ha recibido alegaciones al respecto, ya se redactado el texto definitivo de la ordenanza. En él, se incluyen las alegaciones pertinentes, así como también otros requisitos establecidos en el Real Decreto. 

Próximamente la ordenanza se aprobará de manera definitiva y después se procederá a su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Sin embargo, todavía se desconoce cuándo se pondrá en marcha la ZBE, según han confirmado fuentes municipales a 20minutos.

Vehículos restringidos y excepciones

La zona de bajas emisiones comprenderá el área entre las avenidas Virgen de Loreto, Constitución, Fronteras y calle Madrid y se prohibirá el acceso a los vehículos con distintivo medioambiental A o aquellos no tengan ningún distintivo. Sin embargo, existen una serie de excepciones al respecto. Concretamente, se permitirá el acceso a los vehículos para personas con movilidad reducida, a los vehículos de las personas empadronadas en el municipio, que trabajen dentro de la zona o que tengan una plaza de aparcamiento pública o privada. También se exceptúan de esta prohibición los que estacionen en un parking público.

Además, se permitirá el acceso a los vehículos dados de alta en el IVTM de Torrejón de Ardoz, a los vehículos de empresas y autónomos que ejerzan su actividad comercial en un local ubicado dentro de la ZBE, a los vehículos de servicios públicos esenciales y de administraciones públicas, a los taxis y VTC, a los que accedan a talleres de reparación y a los vehículos necesarios para la realización de ocupaciones y actos en la vía pública.

Asimismo estarán exentos de la prohibición de acceso los vehículos que utilicen abogados del Servicio de Guardia de Turno de Oficio que proporcionen asistencia letrada al detenido y a las personas víctimas de delitos de violencia de género y de trata de personas, los que accedan para recoger o dejar estudiantes de infantil o primaria, aquellos destinados al transporte público de viajeros, a los que transporten fondos, aquellos que pertenezcan a empresas de seguridad privada y los de Correos. Por su parte, los vehículos de carga y descarga de 3,5 toneladas o más que deban entregar mercancía dentro de la ZBE solo podrán hacerlo de 7.00 a 9.00 horas.

Infracciones y sanciones

Según detalla el texto, se consideran infracciones leves: no presentar el distintivo ambiental a los servicios municipales de control o a la Policía Local en caso de ser requerido por ellos y el resto de infracciones que no se encuentren tipificadas como graves o muy graves. Las infracciones leves serán sancionadas con hasta 100 euros de multa.

Son consideradas infracciones graves el no informar al Ayuntamiento el cambio de domicilio o vehículo, emplear un distintivo ambiental para otro vehículo que no sea el autorizado a entrar en la ZBE, la comisión de una nueva infracción leve en los doce meses siguientes a la comisión de la primera falta y el acceso, la circulación y el estacionamiento de vehículos que no estén permitidos ni autorizados. Estas serán sancionadas con multas desde 101 hasta 200 euros.

Además de las infracciones leves y graves también se encuentran las muy graves. Concretamente, se consideran infracciones muy graves manipular el distintivo ambiental, volver a cometer una infracción grave en los doce meses siguientes a la comisión de la primera falta grave y por último, el acceso, la circulación y el estacionamiento de vehículos no permitidos ni autorizados cuando se active un episodio de contaminación atmosférica. Estas infracciones serán sancionadas con multas de entre 201 y 500 euros.

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