Hasta cuándo se puede solicitar el Bono Joven del Alquiler en Asturias

En ninguna de las 4 grandes ciudades murcianas compensa optar por el alquiler frente a la compra de vivienda
Ayuda de 250 euros mensuales para el alquiler.
20M EP
En ninguna de las 4 grandes ciudades murcianas compensa optar por el alquiler frente a la compra de vivienda

Hace prácticamente un año, el Consejo de Ministros daba luz verde al nuevo bono joven de ayuda al alquiler de 250 euros mensuales destinado a jóvenes de entre 18 y 35 años de edad. Una medida publicaba en el Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, y cuya gestión recae en las autonomías.

En este sentido, el Principado de Asturias abrió el plazo para la solicitud de este bono el pasado 6 de julio de 2022 y pueden acceder al mismo aquellas personas que residan en la región y que acrediten una fuente regular de ingresos que no supere los 24.318 euros brutos anuales. Asimismo, deberán haber formalizado un contrato de arrendamiento de una vivienda o habitación y la ayuda se podrá recibir durante un plazo máximo de dos años.

Cómo solicitar esta ayuda al alquiler

Las personas interesadas que cumplan con los requisitos dispondrán hasta el próximo 30 de diciembre de 2023 para poder hacerlo. Las solicitudes se podrán presentar a través de Internet, con un formulario específico disponible en este enlace

"En este caso no es necesario adjuntar solicitud normalizada del procedimiento ni ficha de acreedores, cuya información está integrada en el propio formulario web", destaca el Gobierno de Asturias. La tramitación 'online' también se podrá hacer con el sistema clave.

Por otro lado, se puede realizar la solicitud en las Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano y en las Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias.

En cualquier caso, se necesitará presentar una copia del contrato de arrendamiento o de cesión de uso, firmado por la persona titular o titulares del mismo. Como documentación acreditativa del pago del bono, se aportarán, si fuera necesario, los recibos desde el 1 de enero de 2022 del pago de la renta del alquiler o justificantes de transferencia bancaria. 

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