El subsidio agrario, el único caso junto a los artistas de paro sectorial con menos de un año cotizado

Archivo - Tractor abonant en una imatge d'arxiu
Imagen de archivo de un tractor abonando un campo.
LA UNIÓ
Archivo - Tractor abonant en una imatge d'arxiu

El Gobierno aprobó el martes una prestación por desempleo dirigida a los artistas que tiene escasos precedentes en el mercado laboral español. A partir de julio, los trabajadores de las artes escénicas, audiovisuales y musicales y otras actividades técnicas podrán acceder a una prestación por desempleo de hasta 600 euros mensuales. Eso sí, siempre y cuando hayan cotizado al menos 60 días en los 18 meses anteriores a quedarse parados o 180 días de los últimos seis años. El único caso de una renta por desempleo similar en España es el subsidio agrario, una ayuda a la que tienen derecho algunos trabajadores eventuales de la agricultura que residen en Andalucía y Extremadura.

Hasta el martes, estos trabajadores eran los únicos que podían cobrar un tipo de paro específico por pertenecer a un sector de actividad después de haber cotizado menos de un año de los seis anteriores a quedar desempleados. Conviene recordar que las condiciones generales para tener derecho a una prestación por desempleo es haber trabajado al menos 360 días en los seis años anteriores a caer en el paro. Ahora ese universo se amplía, aunque la naturaleza de las prestaciones tiene diferencias importantes. 

En primer lugar, el paro al que tienen derecho ahora los artistas es una prestación contributiva y no un subsidio. Es decir, está financiada (al menos parcialmente) gracias a las cotizaciones sociales que los trabajadores han pagado durante el tiempo que han estado empleados. En cambio, el subsidio agrario no tiene una naturaleza contributiva, aunque exige haber cotizado al menos 35 jornadas en los doce meses anteriores a la fecha de paro. Una obligación que se ha relajado a 10 días en las solicitudes cursadas durante la pandemia y algunos casos en los que el trabajador tenga responsabilidades familiares.

Además, las ayudas agrarias tienen un universo mucho más restringido. Aunque son subsidios sectoriales, solo tienen derecho a percibirlos los residentes en Andalucía y Extremadura. Asimismo, para tener derecho a ellas, el trabajador tiene que haber recibido ya el subsidio en alguno de los tres años anteriores a la fecha de solicitud. En noviembre había alrededor de 100.000 andaluces y extremeños cobrando el subsidio agrario (el 77%, en Andalucía). Y en lo tocante a los artistas, el Ejecutivo calcula que la prestación podría alcanzar a 70.000 trabajadores.

Otra de las diferencias fundamentales es la cuantía y la duración de las prestaciones. En el caso de los artistas, el paro oscila entre los 480 y los 600 euros y se puede cobrar durante un máximo de cuatro meses. En cambio, el importe del subsidio agrario varía en función de las jornadas trabajadas cada mes y su duración puede extenderse hasta un máximo 360 días en los casos de trabajadores de mayor edad. En un mes en el que el empleado agrario no haya trabajado ninguna vez, la ayuda asciende a 480 euros (el 80% del Iprem).

En cambio, una similitud es que ya se aplicó un sistema parecido al de las peonadas agrarias para los artistas durante la pandemia. "El colectivo de artistas y técnicos también tuvo un trato especial durante la pandemia. El real decreto 17/2020 les reconoció protección por desempleo con acreditar únicamente 20 días cotizados en el último año, una medida que se mantuvo en sucesivos reales decretos y que se amplió al personal técnico del sector", señala a 20minutos Ana de la Puebla, catedrática de Derecho del Trabajo y Seguridad Social en la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). La experta apunta al subsidio agrario como el precedente más similar al paro de los artistas.

Sectores con alta intermitencia

Tanto el sector agrario como las profesiones artísticas tienen en común la elevada intermitencia en el trabajo que realizan. En los dos casos es frecuente que su carga laboral se concentre en periodos muy definidos, lo que les dificulta sumar el número de días suficientes de cotización para poder acceder al desempleo por la vía habitual. Una característica que comparten, salvando las distancias, con otras actividades muy estacionales como el alojamiento o el transporte marítimo, que se concentran en este caso en los meses de verano.

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