Requisitos para recibir la ayuda de 500 euros mensuales para madres: desde el quinto mes de embarazo hasta los dos años

Madre cogiendo a su bebé en brazos
Madre cogiendo a su bebé en brazos
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Madre cogiendo a su bebé en brazos

El Gobierno de la Comunidad de Madrid tiene regulada desde enero de 2022 una ayuda que va dirigida al impulso de la maternidad y el apoyo a los padres y madres de la región, que otorga 500 euros mensuales a partir del quinto mes de embarazo si se cumplen los requisitos. 

De este modo, podrán acceder a la ayuda las personas menores de 30 años que, a la fecha de presentación de la solicitud, se hallen en alguna de las siguientes situaciones:

  • Gestantes desde la semana 21 de gestación, a partir de 1 de enero de 2022.
  • Madres que hayan tenido un hijo o más hijos en caso de parto múltiple, a partir de 1 de enero de 2022.
  • Personas que hayan adoptado un menor, a partir de 1 de enero de 2022.

Requisitos para poder acceder a la ayuda

Para poder percibir esta ayuda, los beneficiarios deberán reunir en el momento de la presentación de la solicitud los siguientes requisitos:

  • Tener residencia legal en España.
  • Tener 30 años o menos.
  • Residir y estar empadronada/o en algún municipio de la Comunidad de Madrid, en el momento de la solicitud y al menos durante cinco años, dentro de los diez años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud y mantener su residencia en la Comunidad de Madrid durante la percepción de las ayudas.
  • No superar los 30.000 euros anuales de renta en tributación individual o los 36.200 euros anuales de renta en tributación conjunta en la declaración del IRPF del último período impositivo con plazo de presentación vencido en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda. 
  • No estar incurso en alguna de las prohibiciones de recibir ayudas según las normas establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Cuantía de la ayuda a la maternidad en Madrid

Así se indica en la web oficial de la región de Madrid, donde también se establecen las cuantías por gestación, nacimiento y adopción de hijos:

  • Gestación: en el supuesto de solicitud por gestación, el importe de la subvención será de 500 euros mensuales por hijo, desde el mes de la fecha de presentación de la solicitud, hasta el último día del mes en el que se cumplan 24 meses desde la fecha de parto.
  • Nacimiento: en el supuesto de solicitud por nacimiento, el importe de la subvención será de 500 euros mensuales por hijo, desde el mes de la fecha de presentación de la solicitud, hasta el último día del mes en el que el menor cumpla los 24 meses.
  • Adopción: en el supuesto de solicitud por adopción, el importe de la subvención será de 500 euros mensuales por hijo, desde el mes de la fecha de presentación de la solicitud, hasta el último día del mes en el que se cumplan 24 meses desde la fecha de inscripción de la adopción en el Registro Civil, independientemente de la edad del menor adoptado.
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