Qué implica el estado de emergencia declarado en Perú

Decenas de camiones bloquean la carretera Panamericana en Ica, Perú, en protesta por la destitución de Pedro Castillo como presidente del país.
Decenas de camiones bloquean la carretera Panamericana en Ica, Perú.
MARTÍN MEJÍA / AP
Decenas de camiones bloquean la carretera Panamericana en Ica, Perú, en protesta por la destitución de Pedro Castillo como presidente del país.

El pasado lunes, la actual presidenta de la República de Perú, Dina Boluarte, decretaba el estado de emergencia en el sur del país, concretamente en las regiones de Apurímac, Arequipa e Ica, como consecuencia de la oleada de enfrentamientos contra el nuevo Gobierno tras el intento de golpe de Estado de Pedro Castillo

Las protestas que se extienden por todo el país dejan ya ocho personas fallecidas en apenas una semana. Aunque el Gobierno ya ha planteado el adelanto de elecciones para finales de 2023, los ciudadanos continúan exigiendo la liberación del expresidente y las protestas no cesan. Por ello, el Gobierno de Perú ha decidido declarar el estado de emergencia a todo el país durante, al menos, 30 días. Pero, ¿qué implicará? ¿Qué consecuencias tendrá para los ciudadanos?

Suspensión de derechos de reunión y tránsito

"Se ha acordado el estado de emergencia a todo el país, debido a los hechos vandálicos y violentos, toma de carreteras y caminos que ya son actos que se están estabilizando (…) y requieren de una respuesta contundente y de autoridad", ha señalado el ministro de Defensa, Alberto Otarola. 

La Constitución de la República de Perú recoge en su artículo 137 la normativa aplicada a los estados de excepción, de emergencia y de sitio. La ley determina que la Presidencia de la República, con el acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar por un plazo determinado en todo el territorio nacional o en parte del mismo, el estado de emergencia.

Se declara el estado de emergencia "en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación". Asimismo, durante el tiempo que esté decretado, "puede restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio y la libertad de reunión y de tránsito".

De tal manera que esta declaración implicará la suspensión de derechos de reunión, inviolabilidad del domicilio y libertad de tránsito, mientras se estudia la posibilidad de implantar el toque de queda. La declaración de este estado no puede superar los 60 días y su prórroga "requiere un nuevo decreto". Durante el tiempo que dure, "las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno si así lo dispone el Presidente de la República", recoge la normativa. 

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