¿Son acumulables las vacaciones o puedo perder los días si no los disfruto en el año vigente?

Días de vacaciones de verano.
Días de vacaciones de verano.
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Días de vacaciones de verano.

Son muchas las situaciones que pueden darse en el entorno laboral en las que el trabajador no conoce bien sus derechos o no sabe cómo reclamar ciertos beneficios. Es lo que sucede con los días libres de vacaciones que, por ley, todo trabajador tiene que tener al año. 

Todos los trabajadores que estén contratados legalmente por una empresa, tienen derecho a un periodo de vacaciones regulado, que corresponde, como mínimo, a dos días y medio por cada mes de trabajo, aunque las empresas pueden decidir si aumentan los días de descanso.

A la duda sobre si el jefe puede imponer los días que el trabajador tiene que cogerse como descanso, se suma la pregunta de si los trabajadores que no han disfrutado todas las vacaciones pueden perder los días al acabar el año. 

¿Puedo perder los días de vacaciones al finalizar el año?

De este modo, Fátima Galisteo, abogada de Galisteo Abogados, resuelve esta duda sobre los periodos de descanso, indicando que, en caso de que el trabajador no utilice todos sus días de vacaciones durante el año, no podrá exigir su disfrute durante el ejercicio siguiente, puesto que estos no son acumulables.

"En general, las vacaciones se deben emplear dentro del año natural en el que se devengan, por lo que, cada año, el derecho a 30 días comenzará el 1 de enero hasta el 31 de diciembre que caducarán", asegura Galisteo. Por tanto, excepto que se pacte lo contrario con la entidad, el trabajador perderá el derecho a esos días pendientes y la empresa no tendrá ninguna obligación de compensarle, ya sea económicamente o acumulando los días al año siguiente, por no haberlos disfrutado.

"No obstante, existen ciertas excepciones por las cuales las vacaciones no disfrutadas en el año que se generan, tampoco se pierden", señala la abogada. "Estos casos son: cuando no se pueda disfrutar de las vacaciones por culpa de la empresa, cuando el trabajador se encuentre en situación de incapacidad temporal o cuando esté disfrutando del permiso de maternidad, paternidad o lactancia natural", agrega.

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