¿Es obligatorio cogerse las vacaciones cuando te diga tu jefe?

Tanto los días libres como las vacaciones deberían ser momentos sagrados para el trabajador. Si tu jefe tiene la costumbre de llamarte cuando estás fuera de horas de trabajo está mostrando poca profesionalidad y no deja descansar al empleado.
Jornada laboral y vacaciones.
Pixabay/nastya_gepp
Tanto los días libres como las vacaciones deberían ser momentos sagrados para el trabajador. Si tu jefe tiene la costumbre de llamarte cuando estás fuera de horas de trabajo está mostrando poca profesionalidad y no deja descansar al empleado.

Todos los trabajadores que estén contratados legalmente por una empresa, tienen derecho a un periodo de vacaciones regulado, que corresponde, como mínimo, a dos días y medio por cada mes de trabajo, aunque las empresas pueden decidir si aumentan los días de descanso. 

Este derecho está claro y es fundamental para cualquier trabajador, pero pueden surgir dudas a la hora de efectuarlo, por ejemplo, cuando es el jefe quien indica a los trabajadores cuándo deben cogerse las vacaciones. 

En muchos casos, surgen desacuerdos entre la empresa y los trabajadores porque desean disfrutar de sus días de vacaciones en otras fechas, por lo que Fátima Galisteo, abogada de Galisteo Abogados, ha resultado las dudas más frecuentes sobre este tema. 

¿Puede el trabajador elegir cuándo coge las vacaciones?

En primer lugar y en referencia al artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, se indica que el periodo vacacional será pactado por el empresario y el trabajador con sujeción a lo establecido, en su caso, en el Convenio Colectivo que sea de aplicación. Ha de tener una duración mínima de 30 días naturales, pudiendo disfrutarlos en varios periodos, con derecho a que, al menos uno de ellos, sea de dos semanas ininterrumpidas.

El Estatuto de los Trabajadores dispone el artículo 38.2, que el periodo o periodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación actual de las vacaciones.

"Normalmente es la empresa la que, en su facultad de organizar el trabajo, fija los periodos de vacaciones de los trabajadores, pero estos deben conocer el periodo que les corresponde a menos dos meses antes de su inicio", afirma Fátima Galisteo, no obstante, dice: "En caso de desacuerdo, el trabajador deberá acudir al Juzgado de lo Social, para que resuelva".

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