Qué nombres no le puedes poner a un bebé recién nacido en España, según la ley

Archivo - Bebé recién nacido
Imagen de archivo de un bebé recién nacido.
EUROPA PRESS - Archivo
Archivo - Bebé recién nacido

El nombre que los padres eligen para sus bebés recién nacidos ha vuelto a ser objeto de debate esta semana a raíz de la decisión de una jueza de Vitoria, que se ha negado a aceptar el nombre de Hazia a una niña, ya que además de ser 'semilla' en euskera, también puede significar 'semen'.

En España, la Ley de 8 de junio de 1957 sobre el Registro Civil es la encargada de regular qué tipo de nombres no se pueden poner a los neonatos.

Según el artículo 54 de esta ley, al inscribir el nombre de un recién nacido, "no podrá consignarse más de un nombre compuesto ni más de dos simples", detalla.

Asimismo, la norma indica que "quedan prohibidos los nombres que objetivamente perjudiquen a la persona, los que hagan confusa la identificación y los que induzcan a error en cuanto al sexo". En este apartado se justificaría la decisión de la jueza de Vitoria al considerar que el nombre de Hazia podría terminar perjudicando a la niña.

Por otro lado, el recién nacido no puede llevar un nombre "que ostente uno de sus hermanos, a no ser que hubiera fallecido" ni tampoco imponerse "su traducción usual a otra lengua".

No obstante, a petición del interesado o de su representante legal, el encargado del Registro podrá "sustituir el nombre propio de aquel por su equivalente onomástico en cualquiera de las lenguas españolas", matiza dicho artículo.

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