¿Puedo reclamar si mi vuelo se ha visto afectado por la caída del cohete chino?

Un avión aterrizando en el Aeropuerto del Prat (Barcelona) en una imagen de archivo.
Un avión aterrizando en el Aeropuerto del Prat (Barcelona) en una imagen de archivo.
ENAIRE
Un avión aterrizando en el Aeropuerto del Prat (Barcelona) en una imagen de archivo.

La caída de un cohete chino este viernes por la mañana ha obligado  a cerrar el espacio aéreo y suspender durante un tiempo los vuelos programados en buena parte de los aeropuertos españoles de la zona norte y este de España. 

En Cataluña, Protección Civil anunció que la circulación de vuelos en el espacio aéreo catalán se restringía "totalmente" durante 40 minutos por el paso de un objeto espacial.

"Debido al riesgo asociado por el paso del objeto espacial CZ-5B atravesando el espacio aéreo español, se han restringido totalmente los vuelos desde las 9.38 horas hasta las 10.18 horas en Cataluña y otras comunidades", ha informado Protección Civil en un tuit. Además de los aeropuertos catalanes, también se han visto afectadoa el aeropuerto de Ibiza, así como los aeródromos de Aragón, Navarra y el País Vasco.

De esta forma, la interrupción del tráfico aéreo provocará demoras que afectarán a cientos de pasajeros durante toda la jornada, ya que los retrasos se van acumulando a lo largo del día. Existe la posibilidad, incluso, de que algunos vuelos se puedan suspender. 

Una de las preguntas más frecuentes que se hacen los pasajeros cuando se producen estos retrasos es si tiene derecho a algún tipo de compensación por las molestias ocasionadas. En este caso concreto, como los retrasos se deben a causas extraordinarias o de fuerza mayor, los pasajeros no tendrían derecho a indemnización ni a la devolución del precio del billete si el vuelo despega el mismo día aunque sea con demora. 

Causa extraordinaria y ajena a la compañía

"Al tratarse de una causa extraordinaria y ajena a la compañía aérea, los pasajeros afectados no podrían reclamar la compensación que establece el reglamento europeo de entre 250 y 600 euros para retrasos mayores de tres horas", explica a 20minutos Ana Rodríguez, directora de operaciones de reclamador.es, la compañía online referente en España en el sector de las reclamaciones aéreas y bancarias, entre otras.

Rodríguez añade que tampoco podrían solicitar en este caso el reintegro del precio del billete, aunque sí tendrían derecho a pedir bonos de comida en el caso de la demora se alargase. 

Esta experta en reclamaciones aéreas, no obstante, precisa que en el caso de que el vuelo fuese suspendido finalmente, la compañía "no puede desentenderse de su obligación de llevar al pasajero a su destino final" y tendría que buscarle una solución que le convenza o el devolverle el precio del billete y de los gastos adicionales ocasionados. 

"Si la compañía no les reubica en un vuelo que les convenga y no les presta el alojamiento debido sí que podrán reclamar", indica Rodríguez, que recuerda que para realizar este tipo de reclamaciones todo "debe estar bien acreditado"

Por ejemplo, si alguien viaja de Barcelona a Madrid para una reunión de trabajo y se ve obligado a usar otros medios para llegar -coche o tren- porque lo que le ofrece la compañía aérea no le permite acudir a tiempo al encuentro sí podría reclamar el precio del billete y los gastos añadidos. 

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