El Euribor supera la barrera del 2%, golpea las hipotecas y pulveriza todas las previsiones

En España, el euríbor es la referencia para la inmensa mayoría de las hipotecas.
El Euríbor se ha situado en su mayor nivel desde 2009.
GTRES
En España, el euríbor es la referencia para la inmensa mayoría de las hipotecas.

El Euríbor, índice al que se encuentran referenciadas la mayoría de las hipotecas españolas, ha superado la barrera del 2%, cerrando septiembre de 2022 en el 2,23%. Esto significa que ya estamos ante subida anual de 1.500€ para una hipoteca de 100.000€, con un 1% de diferencial, según la Asociación de Usuarios Financieros (ASUFIN).

La subida representa una variación de 0,98 puntos porcentuales respecto al anterior mes y de 2,73 puntos comparándolo con el mismo mes del año anterior. De esta manera, el índice también ha alcanzado su mayor nivel desde el año 2009, cuando se encontró en torno al 2,6%, aunque de acorde con la asociación podría subir más, ya que su previsión sitúa el Euribor de diciembre en el 3%.

Así, el Euríbor encadena este septiembre su sexto mes en positivo, después de que en abril se atravesara la barrera desde el dígito negativo, con el 0,01%, por primera vez desde enero de 2016, lo que supuso el incremento de cuota de apenas 23€, con una diferencia anual de 272€. 

Estos cambios se están trasladando al ámbito de las hipotecas fijas, con una oferta en desaparición, ya que, en muchos casos, los bancos se muestran muy cautos a la hora de conceder el cambio de hipoteca variable a fija.

Cambios: novaciones y subrogaciones

Las novaciones son trámites que suponen una adenda a las escrituras iniciales y que solo alteran determinadas cláusulas, como la del tipo del interés del préstamo. Aunque necesita pasar por notario, gestoría y registro, desde la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario (LCCI) de 2019, todos estos gastos los asume la entidad, así como tampoco es necesario pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD).

La LCCI prohíbe expresamente la venta "vinculada" de productos, es decir, que la concesión de la hipoteca queda condicionada a la contratación de determinados productos. En cambio, sí pueden ofrecer determinadas bonificaciones al tipo de interés si se contratan estos productos, es decir, una mejora del tipo. 

En estos casos, de acuerdo con ASUFIN, se debe comparar en el mercado precios con y sin bonificaciones, puesto que en muchas ocasiones la bonificación del tipo de interés no supera la contratación de un producto ajeno a la entidad, comercializado a precio de mercado.

En el caso de la subrogación, la asociación indica que estamos ante el escenario planteado por la LCCI, en el cual la entidad, de nuevo, asume los gastos del nuevo préstamo hipotecario, así como la tasación. Al igual que en el caso anterior, también habría que prestar atención a la venta combinada de productos ajenos al préstamo, con el objetivo de ajustar el precio a la baja

En términos de la Tasa Anual Equivalente (TAE), ASUFIN señala que el precio final de la hipoteca contratada con estos productos (seguros, planes de pensiones, etc.) suele resultar más elevado que si prescindimos de la bonificación aplicada en el tipo de interés y acudimos al mercado en busca de mejores opciones.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento