Las leyes de violencia machista no protegen lo "suficiente" a los menores, según un estudio

  • Una de las conclusiones de la investigación propone suspender la potestad parental en casos graves
Lourdes Ciuró, consellera de justicia, en el centro, durante la presentación del estudio
Lourdes Ciuró, consellera de justicia, en el centro, durante la presentación del estudio
ACN
Lourdes Ciuró, consellera de justicia, en el centro, durante la presentación del estudio

La normativa internacional, estatal y autonómica para proteger a las víctimas de violencia machista "no es suficiente para poner fin a la vulnerabilidad y la desprotección" que sufren, especialmente, los menores, es la principal conclusión de un estudio del Centro de Estudios Jurídicos y Formación Especializada, Cejfe, de la Conselleria de Justicia. El estudio 'Medidas de protección de los y las menores víctimas de la violencia machista', presentado este jueves y elaborado por diez profesores de la Universitat Rovira i Virgili, URV, concluye que existe "una situación de vulnerabilidad y desprotección en la práctica de las víctimas menores en casos de violencia machista". Añade que ha detectado "situaciones de desprotección" a menores en los procedimientos por violencia machista que protagonizan sus padres.

El estudio ha sido presentado durante la inauguración de unas jornadas sobre la protección del menor en caso de violencia machista. Durante el acto, la consejera de Justicia, Lourdes Ciuró, calificó de "execrable e inconcebible" la violencia vicaria, que requiere una "respuesta esmerada e inmediata". "No valen discursos, se necesitan acciones", ha dicho. En este tema, considera que "nunca hay prevención suficiente" y deben prevalecer los derechos del menor, que "es una víctima de primera".

A raíz del análisis de la legislación en la materia y de 27 entrevistas a profesionales del ámbito judicial y asistencial, el estudio constata "una falta evidente de coordinación, generada a menudo por el hecho de que cada uno actúa dentro de su ámbito y desconoce lo que se hace en otros". También apunta a los "solapamientos, contradicciones o vacíos, legales y de facto" que pueden comportar la convivencia entre medidas penales y civiles en estos procedimientos.

Los investigadores instan a que, cuando un juzgado dicte una orden de protección, añada de oficio las medidas cautelares civiles que afecten a menores que convivan con la víctima, algo que ya prevé la ley pero que "en la práctica judicial" no siempre se hace, según los autores del estudio. Respecto a la importancia de las órdenes de protección, la investigadora Ana Giménez ha dicho durante la presentación que "está demostrado que el momento más crítico de la violencia se produce después de que ha habido denuncia".

El estudio también señala la poca presencia de la Fiscalía en estos procedimientos, lo que la investigadora Elisabet Cerrato ha achacado "principalmente a la falta de recursos personales y materiales que la administración de justicia pone a disposición de esta problemática".

Suspender la potestad

Entre la quincena de propuestas que recoge el estudio, los autores señalan la necesidad de concienciar a órganos judiciales y Fiscalía de "la importancia de valorar" suspender la potestad parental cuando se dicta una orden de protección en casos de riesgo para las víctimas.

También consideran que las acusaciones deben valorar si hay que pedir la inhabilitación de un progenitor para ejercer la patria potestad en los casos en que el menor ha sufrido o ha sido testigo directo de maltrato habitual en la familia o cuando ha habido episodios graves de violencia, especialmente en casos de asesinato.

En este sentido, Giménez ha señalado que la guardia de los menores se suele retirar cuando hay una condena por violencia, pero en cambio "cuando hay solo indicios prácticamente no se aplica".

Las propuestas del estudio también recomiendan más coordinación entre los juzgados de violencia doméstica y los civiles, porque "si el juzgado de familia pudiera acceder a toda la información del proceso penal, posibilitaría que el juzgado de violencia sobre la mujer se centrara exclusivamente en el aspecto penal" y que la jurisdicción civil se encargara de la cuestión de familia.

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