Consultorio de Vivienda: "¿Es lícito publicar en el tablón de anuncios de la comunidad una lista de los morosos?"

Consultorio de vivienda.
Consultorio de vivienda.
Paul Volkmer de Pexels.
Consultorio de vivienda.

Si tienes problemas en tu comunidad de propietarios -derramas, goteras, plazas de garaje, limpieza, seguridad, ruidos, olores...- puedes resolverlas en nuestro consultorio. Envía tus preguntas al correo consultoriovivienda@20minutos.es.

Aquí tienes las respuestas dadas hoy por nuestra experta Patricia Briones, letrada del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid.

Paso común a la vivienda con vecinos fiesteros

PREGUNTA Vivo en una casa baja que está separada de un bloque por un patio en el cual tengo la entrada a mi casa. En este bloque de tres plantas ahora mismo solo viven dos vecinos y los dos se han puesto de acuerdo para utilizar este patio para hacer cenas y comidas con sus amigos.

Se supone que les pertenece a ellos, pero yo pago comunidad porque entro por el portal de este bloque. Se lo dije a uno de ellos que no me parecía bien porque ahí está mi casa, y en verano están hasta altas horas de la noche y porque no puedo a veces ni pasar bien a mi.

Me dijo que ese patio les pertenece y tienen derecho a estar ahí. Quisiera saber si siendo un patio comunitario pueden hacer un uso de él como si fuera privado, y si es así hasta qué hora pueden estar.

RESPUESTA DE LA EXPERTA En primer lugar, debe consultar lo que a este respecto señale la escritura de división horizontal de la finca para corroborar si usted es copropietaria de dicho patio y su vivienda pertenece a la misma comunidad del bloque o únicamente tiene a su favor una servidumbre de paso a su vivienda.

No obstante lo anterior, y con independencia de lo que se disponga a este respecto, no tienen derecho a hacer uso del patio de forma que se le causen molestias continuas.

Si las molestias persisten, además de llamar a la policía, puede acudir a la vía judicial interponiendo la correspondiente demanda.

Amenaza de denuncia por tabaco de la inquilina

PREGUNTA Tenemos un piso que hemos alquilado a una chica, ya lleva unos años allí viviendo sin problemas pero hace poco compraron el piso de abajo. La propietaria nos llamó para darnos las quejas de que nuestra inquilina fuma en el balcón y dice que a ella le llena el balcón de ceniza, lo cual nos parece practicamente imposible.

Es cierto que fuma en el balcón, tiene su cenicero y no tira las colillas por la ventana ni nada; podría ser de otro vecino ya que el balcón de esta vecina queda como en diagonal hacia abajo del nuestro. La vecina ha amenazado con denunciarnos si no cesa eso.

No queremos echar a nuestra inquilina ya que es pagadora, buena persona y pensamos que la vecina exagera, pues es casi imposible que le caiga tanta ceniza como dice. ¿Verdaderamente podría denunciarnos?

RESPUESTA DE LA EXPERTA La propietaria afectada puede demandarles pero para ello debe poder probar los hechos. Con la finalidad de evitar males mayores, podrían hablar con su inquilina para que, aunque siga fumando en el balcón, el cenicero lo deposite en el interior de la vivienda y así evitar que pueda caer ceniza a la vivienda inferior.

Acometida de agua

PREGUNTA En mi comunidad, la acometida del agua potable entra al parking y llega a los contadores del agua, que están en una sala aislada en el garaje. Esta acometida está en mal estado y hay que cambiarla, pero según el administrador debemos pagarlo los dueños de los pisos.

Mi responsabilidad del agua ¿no empieza después de mi contador del agua? Y en cuanto a la acometida del agua después del contador individual hasta la entrada en mi piso, ¿es responsabilidad mía o de la comunidad?

RESPUESTA DE LA EXPERTA En virtud del art. 396 del Código Civil, las canalizaciones de agua son comunes hasta la entrada en el espacio privativo de la vivienda o local.

No pagan

Por lo tanto, la comunidad deberá asumir la reparación del daño de la canalización anterior a la vivienda o local.

PREGUNTA ¿Es lícito publicar en la convocatoria de la junta de la comunidad y en el tablón de anuncios una lista de los morosos?

RESPUESTA DE LA EXPERTA El art. 16 de la LPH indica que en la convocatoria de la junta debe incluirse una relación de aquellos propietarios que no se encuentren al corriente de pago.

Ahora bien, esta convocatoria se notifica bien por correo electrónico, correo ordinario o buzoneo. No hay inconveniente en que, a modo de recordatorio, se coloque en el tablón la convocatoria pero nunca incluyendo a los morosos sino solo el orden del día.

Un trastero de más

PREGUNTA En 2018 compre una vivienda de construcción nueva. En su día me interesé por un trastero que había de más, ya que son 81 viviendas y existían 82; he querido desde el minuto 0 comprarlo, y sus respuestas eran las mismas, que tenían que preguntarlo y que ya me dirían algo.

Ahora resulta que vuelvo a preguntar por él y me indican que se lo han regalado al contiguo, ya que solo podría haber 81 y no 82. Pero claro, yo compré una vivienda con 82 trasteros y no 81.

RESPUESTA DE LA EXPERTA Es necesario conocer si esta plaza 82 tenía la consideración de elemento común o privativo porque si era privativa de la promotora esta puede haber celebrado un contrato con otros titulares para cederle su uso.

No obstante lo anterior, para poder facilitar una solución más concreta, sería necesario realizar un estudio jurídico al efecto.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento