Justicia rechaza asumir la revisión de absolución de la consellera Tània Verge por el 1-O

  • La Fiscalía había pedido dos años y nueve meses de cárcel por desobediencia y usurpación de funciones.
  • El pasado 25 de mayo, Verge fue nombrada consellera y pasó a condición de aforada.
Los acusados durante el juicio de la Sindicatura Electoral de l'1-O.
Los acusados durante el juicio de la Sindicatura Electoral de l'1-O.
TSJC
Los acusados durante el juicio de la Sindicatura Electoral de l'1-O.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado asumir la revisión de la absolución de los miembros de la Sindicatura Electoral del 1-O, pero se guarda la última palabra sobre la consellera Tània Verge si la Audiencia de Barcelona aceptara la petición de Fiscalía para repetir el juicio.

Así lo ha decidido la Sala civil y penal del TSJC en un auto, que no se puede recurrir, en que desestima el ofrecimiento que le planteó la Audiencia de Barcelona por si se consideraba competente para resolver el recurso de la Fiscalía contra la sentencia que absolvió a los miembros de la Sindicatura Electoral del 1-O, ya que con posterioridad uno de ellos, Tània Verge, fue nombrada consellera de Feminismos de Generalitat, por lo que pasó a ser aforada.

El Juzgado de lo penal número 11 de Barcelona absolvió en abril pasado a los cinco miembros de la Sindicatura Electoral que el Parlament nombró para el 1-O (Jordi Matas, Marta Alsina, Marc Marsal, Tània Verge y Josep Pagès), al entender que no está probado que siguieran ejerciendo después de que el Tribunal Constitucional les advirtiera de su deber de impedir el referéndum.

La Fiscalía, que había pedido dos años y nueve meses de cárcel por desobediencia y usurpación de funciones, recurrió ante la Audiencia de Barcelona para solicitar la nulidad del juicio y de la sentencia absolutoria, al considerar que se habían quebrantado las garantías procesales y se habían cometido "errores graves" en la valoración de la prueba.

Al recibir el recurso de la Fiscalía, la sección octava de la Audiencia de Barcelona elevó una exposición razonada al TSJC por si el alto tribunal se consideraba competente para resolverlo, ya que por entonces Tània Verge ya había sido nombrada consellera -el pasado 25 de mayo- y, por lo tanto, pasaba a tener la condición de aforada.

Sin embargo, la sala civil y penal del TSJC rechaza asumir la revisión de la sentencia, porque considera que cuando Verge asumió el cargo de consellera el proceso penal ya resultaba "inmune" a su fuero, porque ya se había celebrado el juicio y dictado la sentencia.

Otra cosa podría ocurrir, advierte la sala, si la Audiencia, al analizar el recurso de la Fiscalía, se decantara por admitir la petición del ministerio fiscal de repetir el juicio para dictar otra sentencia, ante lo que entonces sí que tendría que tener la última palabra, respecto a la consellera, el alto tribunal, a quien el juzgado debería presentar de nuevo otra exposición razonada.

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