Cuál es el límite de dinero que puedes ingresar en tu cuenta sin llamar la atención de Hacienda

Cada vez más personas eligen los pagos telemáticos para sus compras en lugar de hacerlo en metálico, sobre todo por el auge de las nuevas tecnologías y métodos. Pago con el móvil, tarjetas contactless o códigos QR, lo cierto es que el pago con billetes y monedas parece se ha reducido considerablemente. Sin embargo, sí es cierto que hay algunas prácticas que se siguen haciendo, como el ingreso de dinero en el cajero. Realizar este movimiento no requiere ninguna justificación, siempre y cuando no excedas un límite.
Imagen de archivo de un cajero.
Cada vez más personas eligen los pagos telemáticos para sus compras en lugar de hacerlo en metálico, sobre todo por el auge de las nuevas tecnologías y métodos. Pago con el móvil, tarjetas contactless o códigos QR, lo cierto es que el pago con billetes y monedas parece se ha reducido considerablemente. Sin embargo, sí es cierto que hay algunas prácticas que se siguen haciendo, como el ingreso de dinero en el cajero. Realizar este movimiento no requiere ninguna justificación, siempre y cuando no excedas un límite.

La pandemia de coronavirus ha disparado las transacciones económicas que se hacen con tarjeta, y herramientas como Bizum han hecho que el dinero en metálico tenga menos presencia en nuestro día a día.

No obstante, todavía son muchas las personas que prefieren seguir operando con dinero en metálico. Si queremos podemos hacer ingresos de cash en nuestro banco, pero hasta cierto límite.

Tal y como recoge el Correo, si el ingreso es por cajero no hace falta ninguna identificación, pero si lo hacemos por ventanilla, la entidad puede exigir la identidad del cliente. Esto es obligatorio si el importe es de 1.000 euros o más.

Pero ¿y respecto a Hacienda? La Agencia Tributaria puede investigar si realizas un ingreso en metálico de 3.000 euros. Tu entidad bancaria está obligada a informar de ello al Banco de España, que a su vez informa a Hacienda.

Si la investigación no encuentra justificación para este ingreso, la Agencia Tributaria puede considerarlo ganancia patrimonial no justificada, y habrá que integrar el dinero en la base liquidable del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

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