La Fiscalía se opone a que el tribunal investigue a Aragonès por los avales del 'procés': "Su finalidad resulta lícita"

  • La Fiscalía Superior de Cataluña ha presentado un informe ante el TSJC en el que pide que no se admita a trámite la querella que presentó Vox.
  • Según la Fiscalía, la Generalitat está obligada a adoptar las "necesarias medidas a fin de proteger su patrimonio".
Pere Aragonès proclama a su Govern como "heredero del 1 de Octubre"
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Europa Press
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La Fiscalía se opone a que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) investigue al presidente de la Generalitat, Pere Aragonès, y a los consellers Jaume Giró y Laura Vilagrà por los avales del Institut Català de Finances (ICF), al entender que su finalidad "resulta perfectamente lícita".

La Fiscalía Superior de Cataluña ha presentado un informe ante el TSJC en el que pide que no se admita a trámite la querella que Vox presentó contra Aragonès y sus consellers por el decreto que ampara los avales del ICF, a la que se suman otras denuncias de Convivencia Cívica Catalana y del dirigente de Cs Carlos Carrizosa.

En paralelo, a raíz de una denuncia de Cs, la Fiscalía de Barcelona está investigando desde hace meses a la junta de gobierno del ICF por la concesión de los avales para cubrir la fianza de 5,4 millones de euros que el Tribunal de Cuentas reclama a una treintena de ex altos cargos del Govern por destinar dinero público a la promoción del procés en el extranjero.

El escrito de Fiscalía, presentado una semana después de que el Tribunal de Cuentas rechazara los avales del ICF, aduce que la "mera articulación" de ese mecanismo "no implica en sí misma la causación de un perjuicio al patrimonio público" ni la existencia de un delito de malversación, puesto que la Generalitat "sigue conservando el control sobre tales recursos y dispone de un procedimiento ejecutivo que garantiza su debido retorno".

En opinión del ministerio público, solo podría haber delito en caso de una "aplicación inadecuada y displicente" de la norma, dirigida a "favorecer indebidamente" a personas que no reúnen los requisitos, o si se pretendiera "eludir o dilatar indefinidamente en el tiempo el obligado reingreso" de los fondos.

En su informe, el teniente fiscal Pedro Ariche descarta que el decreto ley por el que el Govern creó el Fondo Complementario de Riesgos que permitió los avales constituya un delito de prevaricación, porque este castiga los actos administrativos y no los que tienen "naturaleza jurisdiccional, legislativa o meramente política".

Además, razona el fiscal, de la lectura del decreto ley "no se puede directamente concluir sin más que la norma tenga por objeto exclusivo beneficiar a personas concretas y predeterminadas", por más que su aprobación coincidiera con el acta de liquidación emitida por el Tribunal de Cuentas.

Para el ministerio público, la norma no puede ser calificada de arbitraria puesto que "su finalidad (destinar fondos públicos a garantizar la efectiva realización del principio de indemnidad en el ejercicio legítimo de la función pública) resulta perfectamente lícita".

También arguye la Fiscalía que la norma "cumple las exigencias jurisprudenciales", porque obliga a los funcionarios que se acojan a ella a restituir el aval en caso de condena y permite rechazar las peticiones cuando resulte "evidente" que quien lo solicita "ha cometido un acto ilícito".

En ese sentido, recuerda el escrito que sería ilegal la "instrumentalización indebida" de la norma, de forma que se generara un sistema de garantías patrimoniales "en beneficio de aquellas autoridades o funcionarios que en un hipotético ejercicio indebido de su cargo hubieran cometido dolosamente actos contrarios al ordenamiento jurídico".

Por ese motivo, insiste en fiscal en que la norma no es "per se" prevaricadora, sin perjuicio de que las autoridades encargadas de tramitar los avales puedan incurrir en prevaricación si, "de modo arbitrario", no se atienen a los requisitos previstos por el propio decreto y permiten un "beneficio indebido de terceros".

Según la Fiscalía, la Generalitat está obligada a adoptar las "necesarias medidas a fin de proteger su patrimonio", por lo que recuerda que el propio decreto ley "en ningún caso autoriza que autoridad o funcionario alguno pueda sustraerse a sus respectivas responsabilidades en el caso de ejecución de actos ilícitos". 

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