Condenado a dos años de cárcel y una multa por grabar con el móvil escondido a la hija de su pareja en la ducha

Una mujer en una ducha.
Una mujer en una ducha.
GTRES
Una mujer en una ducha.

El acusado de grabar con un móvil escondido en el baño a la hija de su pareja, menor de edad, cuando se desnudaba para entrar en la ducha, reconoció este miércoles los hechos que le atribuían la Fiscalía y la acusación particular y aceptó una condena de 2 años de prisión, 15 meses de multa con una cuota diaria de 4 euros y 5 años de prohibición de aproximación y comunicación con la víctima.

La vista oral estaba señalada esta mañana en el Juzgado de lo Penal número 2 de Avilés, aunque no llegó a celebrarse tras el acuerdo entre las partes.

El acusado (1978) residía en Avilés junto con su pareja y la hija de esta, por entonces menor de edad (nacida en 2001). En fecha indeterminada, el acusado colocó un teléfono móvil en un agujero de uno de los baños de la casa y efectuó, al menos en tres ocasiones, una de ellas el 19 de octubre de 2018 y otras dos el 7 de noviembre de 2019, grabaciones de la menor cuando esta se desnudaba para entrar y salir de la ducha, sin conocimiento ni consentimiento de la misma. El acusado almacenaba las grabaciones para su visionado posterior.

Como consecuencia de estos hechos, se impuso al acusado, por auto de fecha 8 de enero de 2019 dictado por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 7 de Avilés, la prohibición de acercarse a menos de 200 metros de la menor, así como la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio.

Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito continuado de descubrimiento y revelación de secretos. Se apreció la atenuante de reparación de daño, en relación a la responsabilidad civil que solicitaba la acusación particular. Tras reconocer los hechos, el acusado aceptó 2 años de prisión, 15 meses de multa con una cuota diaria de 4 euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, y prohibición de aproximación y comunicación con la víctima durante 5 años, junto con el abono de las costas procesales. Se acordó la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad. 

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