La modificación de reglamento de circulación reducirá la velocidad a 30km/h en casi el 73% de calles de Málaga

El concejal del Área de Movilidad, José del Río, ha informado este martes de que un total de 72,8 por ciento de calles de la ciudad de Málaga verán reducido el límite máximo al que podrán circular los vehículos de 50 a 30 kilómetros/horas desde el próximo 11 de mayo con la entrada en vigor de la modificación del Reglamento de Circulación impulsada por la Dirección General de Tráfico (DGT) y aprobada por el Consejo de Ministros el pasado mes de noviembre.
La modificación de reglamento de circulación reducirá la velocidad a 30km/h en casi el 73% de calles de Málaga
La modificación de reglamento de circulación reducirá la velocidad a 30km/h en casi el 73% de calles de Málaga
JAVIER RAMIREZ
La modificación de reglamento de circulación reducirá la velocidad a 30km/h en casi el 73% de calles de Málaga

Ha detallado que esta modificación del Reglamento de Circulación entra en vigor tras seis meses desde la publicación del Real Decreto de la modificación del Reglamento de Circulación en el Boletín Oficial del Estado, tiempo en el que las ciudades han podido estudiar y adaptar la velocidad a los nuevos límites permitidos.

Así, desde el 11 de mayo, el límite de velocidad en vías urbanas será de 20 kilómetros/hora en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera; 30 kilómetros/hora en vías de un único carril por sentido de circulación; y 50 kilómetros/hora en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.

Por tanto, en el caso de la ciudad de Málaga la velocidad se limitará a 30 kilómetros/hora en un total de 724 kilómetros de calles, lo que se traduce en 3.603 vías de 1 y 2 carriles.

En concreto, por un lado son 1.656 vías de un carril y 241 kilómetros; y por otro, 1.947 calles de dos carriles y 483 kilómetros, ha detallado el concejal, que ha incidido en que "está claro que la velocidad tiene una relación directa en la causa del accidente y la importancia del siniestro".

"Creo que queda claro que, de alguna forma, esa reducción de velocidad pacifica bastante la circulación, va a potenciar el uso de la bicicleta", ha valorado, añadiendo, por último, que "espero que a partir del 11 de mayo seamos consecuentes en las campañas que tenemos que hacer de mentalización, de llevar a los conductores que compartan esa vía y tengan el respeto a esa máxima velocidad".

Cuestionado, en concreto, por si se plantean algún tipo de control en los carriles de 30, ha dicho que "en los límites de velocidad hay que tomar todas las medidas necesarias para que se cumplan".

"Si en un momento determinado en las vías que hay incumplimiento hay que dotarlas de mayor seguridad, y dotarlos de radares, por supuesto", aludiendo a lo mismo que ocurre actualmente en algunas vías de la ciudad con límite 50 u otras medidas como ralentizadores de tráfico. En suma, ha incidido, "tomas medidas para que en esas vías se respete la velocidad máxima de 30 kilómetros por hora", ha dicho el edil.

DISTRITOS

Por distritos, la reducción del límite de velocidad afecta a las siguientes calles: en el Centro la velocidad pasará a 30 kilómetros/hora en 112 calles y 24 kilómetros; en el distrito Málaga Este se modificará la velocidad en 315 vías y casi 94 kilómetros; en Ciudad Jardín en 137 calles y 25 kilómetros; y en Bailén Miraflores en 138 calles y 23,8 kilómetros.

Por su parte, en Palma Palmilla serán 68 calles y 13,9 kilómetros; en Cruz de Humilladero 195 vías y 48,5 kilómetros; en Carretera de Cádiz 221 calles y 44 kilómetros; en Churriana 250 calles y 77,6 kilómetros; en Campanillas 191 calles y 40,6 kilómetros; en el Puerto de la Torre 248 calles y 69,2 kilómetros; y en Teatinos 72 calles y 21,9 kilómetros.

De igual modo, la velocidad en las vías de la ciudad que disponen de una plataforma única de calzada y acera ya contaban con anterioridad a esta modificación con este límite de velocidad de 20 kilómetros/hora.

MODIFICACIÓN REGLAMENTO DE CIRCULACIÓN

En el artículo 50 del mencionado Real Decreto donde se especifican los nuevos límites genéricos de velocidad en vías urbanas también se establecen las normas.

En concreto, los carriles reservados para la circulación de determinados usuarios o uso exclusivo de transporte público no serán contabilizados en la aplicación de la modificación de los límites genéricos de velocidad.

Las velocidades genéricas establecidas podrán ser rebajadas previa señalización específica por la autoridad municipal; y excepcionalmente, la autoridad municipal podrá aumentar la velocidad en vías de un único carril por sentido hasta una velocidad máxima de 50 kilómetros/hora, previa señalización específica.

Por otro lado, en las vías urbanas de dos o más carriles por sentido de circulación con una velocidad máxima de 50 kilómetros/hora y en travesías, los vehículos que transporten mercancías peligrosas circularán como máximo a 40km/h; y el límite genérico de velocidad en travesías es de 50 km/h para todo tipo de vehículos. Este límite podrá ser rebajado por acuerdo de la autoridad municipal con el titular de la vía, previa señalización específica.

Asimismo, el límite genérico de velocidad en autopistas y autovías que transcurren dentro de poblado será de 80 kilómetros, no obstante podrá ser ampliado por acuerdo de la autoridad municipal y el titular de la vía, previa señalización específica, sin rebasar en ningún caso los límites genéricos establecidos para dicha vías de poblado.

Las autoridades municipales y titulares de la vía podrán adoptar las medidas necesarias para lograr el calmado del tráfico y facilitar la percepción de los límites de velocidad establecidos; y las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves conforme se prevé en el artículo 76. a), salvo que tengan consideración de muy graves, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77. a), ambos textos refundidos de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento