Aragón convoca subvenciones a las comarcas para impulsar programadas de conciliación y prevención de violencia de género

El Departamento de Ciudadanía, a través de la Dirección General de Igualdad y Familias, ha publicado la orden para que las comarcas puedan acceder a las subvenciones que cada año se ofrecen para apoyar, en el ámbito rural, la conciliación familiar, la parentalidad y positiva y la prevención de la violencia familiar y de género.
Aragón convoca subvenciones a las comarcas para impulsar programadas de conciliación y prevención de violencia de género.
Aragón convoca subvenciones a las comarcas para impulsar programadas de conciliación y prevención de violencia de género.
GOBIERNO DE ARAGÓN
Aragón convoca subvenciones a las comarcas para impulsar programadas de conciliación y prevención de violencia de género.

Dicha partida en este ejercicio asciende a 210.000 euros y, en palabras de la directora general, Teresa Sevillano, tiene como objetivo "seguir trabajando en el apoyo a la igualdad a través de programas y servicios que prestan las comarcas y que apoyan el cuidado de los hijos, el fomento de actividades lúdicas y deportivas, el fortalecimiento de las relaciones familiares, a través de programas de orientación, o la adquisición de competencias parentales en etapas más complejas de la educación".

Las comarcas tienen de plazo hasta el próximo 14 de mayo para presentar sus solicitudes y optar a las diferentes líneas que ofrece la convocatoria para este 2021, todas centradas en llevar a cabo programas que apoyen a las familias aragonesas, ha señalado el Ejecutivo autonómico en una nota de prensa.

En concreto, y tal como establece la orden, de los 210.000 euros, 150.000 están destinados a los servicios y actividades que faciliten la conciliación y 60.000 a aquellos que fomenten la parentalidad positiva y la prevención de la violencia familiar y de género.

ACTIVIDADES

Las actividades o programas susceptibles de recibir ayudas por parte de las comarcas son los que se ajusten a los parámetros que define la orden, entre ellos, el desarrollo de servicios de apoyo a las familias para facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en el ámbito rural.

Estos servicios deben incluir la implementación de alguna o varias de las siguientes actuaciones: servicios de carácter social de atención y cuidado de niños; de atención y cuidado de personas dependientes o discapacitadas, tanto en su propio domicilio como en otros espacios que resulten adecuados para dicha actividad; espacios de ocio y tiempo libre durante las vacaciones escolares y en periodos no lectivos; uso de espacios públicos para actividades lúdico-deportivas; el fomento de la corresponsabilidad en el ámbito familiar favoreciendo el reparto equilibrado y corresponsable del tiempo de los diferentes miembros de la familia.

También, servicios de atención y apoyo a las familias monoparentales y familias numerosas, que se encuentren en situación de vulnerabilidad social, derivada de su situación socio familiar; servicios escolares complementarios fuera del horario escolar lectivo tales como desayunos, comidas, actividades extraescolares o refuerzo escolar, y otras actuaciones que contribuyan a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral que respondan a las demandas y necesidades de ese territorio.

Además, puede recibir estas subvenciones quienes desarrollen proyectos dirigidos al fomento de la parentalidad positiva y a la prevención de la violencia de género y familiar mediante actuaciones relacionadas con: el fortalecimiento de las relaciones familiares beneficiosas para cada uno de sus miembros, de la comunicación familiar, la seguridad afectiva y la educación emocional.

La promoción de habilidades relacionadas con la resolución adecuada de conflictos familiares; la adquisición de competencias parentales necesarias para el desarrollo de sus funciones como padres/madres, especialmente ante situaciones o etapas que precisen una atención más específica -primeros/as hijos/as, adolescencia, discapacidad, consumos adictivos, situaciones socioeconómicas desfavorecidas, violencia de género-.

Las buenas prácticas en hábitos educativos en el entorno familiar como programas de orientación, prevención e intervención dirigidos a las familias; servicios de prevención y atención a los hijos y las hijas de mujeres víctimas de violencia de género -atención psicológica, adaptación a los cambios producidos por la situación, desarrollo de pautas de relación no violentas-, y todas las actuaciones que fomenten el apoyo a madres y padres en el desarrollo de sus responsabilidades y funciones parentales y permitan la prevención e intervención ante situaciones de violencia familiar y de género.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la orden el BOA, el pasado 15 de abril '

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