Qué documentación hay que presentar para realizar la Declaración de la Renta

Declaración de la renta.
Se podrá realizar de forma presencial a partir del 2 de junio.
LA INFORMACIÓN
Declaración de la renta.

A pocos días de que comience la campaña de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio de 2020, muchos contribuyentes se preguntan cuáles son los documentos que deben ir preparando para tramitar el borrador. Así, a partir del 7 de abril será posible hacer la declaración de forma telemática, mientras que por teléfono estará disponible desde el 6 de mayo y de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria desde el 2 de junio. 

En este sentido, ¿qué documentos se necesitan para la confección de la declaración? En el caso de presentarla de forma online, no se necesitará aportar ningún documento especial, salvo que la Agencia Tributaria lo solicite. 

En cambio, si se realiza por vía telefónica o presencial tendrás que tener a mano los documentos necesarios correspondientes a tus datos fiscales, a los rendimientos del trabajo, de actividades económicas o de capital inmobiliario, entre otros.

Esta es la información necesaria para elaborar la Renta

Si se va a presentar la declaración por teléfono con la ayuda de la Agencia Tributaria, la persona interesada "tendrá que preparar aquella documentación referida a su situación personal y aquella otra en los casos en que, del examen de los datos fiscales a los que podrá acceder con anterioridad a la asistencia telefónica, se determinen diferencias con los efectivamente obtenidos", aclara la Administración.

Cabe destacar que es imprescindible haber obtenido previamente el número de referencia del titular o titulares de la declaración como método de identificación. Asimismo, se deberá aportar el número del DNI de la persona solicitante y de todos aquellos que figuren en la declaración, en el caso de que sea conjunta, el número de IBAN de la cuenta bancaria y las referencias catastrales de los inmuebles en propiedad o en los que viva de alquiler. 

También es importante preparar los documentos necesarios para acreditar los cambios en la situación personal o familiar acontecidos durante 2020 como, por ejemplo, haber tenido un hijo o estar a cargo de una persona mayor de 65 años.

Estos datos también tendrán que aportarse si se realiza la declaración de forma presencial. Otra información relevante que deberá presentarse es la siguiente:

  • Importe de las cuotas satisfechas a sindicatos y de las cuotas satisfechas a colegios profesionales.
  • Justificante de las cantidades percibidas por seguros cancelados y que hayan sido contratados antes del 31 de diciembre de 1994.
  • Cualquier justificante que pudiera dar derecho a deducciones autonómicas u otro beneficio fiscal.

Por otra parte, hay que preparar otra serie de documentos para el tipo de renta o rentas que la persona declarante haya percibido durante 2020 y que no aparezcan en los datos fiscales que tiene Hacienda:

  • Rendimientos de trabajo: certificado de retribuciones por el empleador.
  • Rendimientos del capital inmobiliario: ingresos obtenidos por alquileres, así como gastos deducibles.
  • Rendimientos del capital mobiliario: hay que tener preparados los certificados de empresas, de entidades financieras y de seguros, así como contratos o recibos de gastos.
  • Rendimientos de actividades económicas: en el caso del trabajo por cuenta propia habrá que aportar documentos que acrediten el personal empleado, los libros de bienes, el consumo del local, etc.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales: documentación de fondos de inversión, premios, venta de la vivienda habitual, de acciones, herencias, así como pérdidas. 
  • Regularizaciones, como la devolución de intereses percibidos de cláusulas suelo o declaraciones de ejercicios no prescritos en los que se ejecutó deducción por vivienda habitual.
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