¿Cuáles son las diferencias entre cierre perimetral, restricción de la movilidad por zonas y confinamiento?

Control policial en Puente de Vallecas, una zona con restricciones contra la Covid en Madrid.
Control policial en Puente de Vallecas, una zona con restricciones contra la Covid en Madrid.
JORGE PARÍS
Control policial en Puente de Vallecas, una zona con restricciones contra la Covid en Madrid.

El Gobierno y las comunidades autónomas tratarán este miércoles en el Comité Interterritorial de Salud las medidas concretas para frenar la expansión del coronavirus que se pretenden aplicar en los municipios de España con más de 100.000 habitantes donde se cumplan tres premisas: que haya una incidencia acumulada de 500 casos por cada 100.000 habitantes acumulados en los últimos 14 días, que el índice de positivos por PCR sean del 10% y que la ocupación de las UCI sea del 35%.

El objetivo es que se fije un criterio común para todo el país, como había demandado la Comunidad de Madrid en sus últimas reuniones con el Ejecutivo. 

Lo más probable es que en los municipios que cumplan con los tres requisitos mencionados se decrete el cierre perimetral, una fórmula que ya se ha utilizado tras salir del estado de alarma localidades como A Mariña (Lugo), Ejea de los Caballeros (Zaragoza) o Santoña (Cantabria)

Esta medida consiste básicamente en restringir la entrada y salida de personas del municipio, salvo desplazamientos debidamente justificados, como puede ser ir a trabajar, a comprar alimentos o al médico, entre otros. Sí se permite la movilidad en su interior. También hay limitaciones de horarios y aforos para comercios y establecimientos hosteleros. 

Restricciones a la movilidad en 45 zonas de Madrid

Una estrategia casi calcada ha seguido la Comunidad de Madrid en las 45 zonas de la región donde el coronavirus ha tenido mayor incidencia, aunque nunca se ha querido hablar de cierre o confinamiento parcial: la expresión utilizada ha sido "restricción de la movilidad por zonas básicas sanitarias". 

La principal diferencia con el cierre radica en que las restricciones por áreas suelen afectar a varias zonas de una ciudad y no a todo el municipio, lo que hace más complicado su control debido a que normalmente están dispersas.

Más de un millón de personas en la región madrileña tiene actualmente limitados sus movimientos. Por ejemplo, solo pueden salir de su área para ir a trabajar, hacer un examen, estudiar, llevar a los niños al colegio, cuidar a un familiar, realizar tramites con la administración o acudir a una cita médica, además de motivos de fuerza mayor. 

En esos barrios, el aforo de bares y restaurante está limitado al 50% del aforo en hostelería, no se puede consumir en la barra y el establecimiento debe cerrar a las 22.00 horas, aunque podrá seguir con las entregas de comida a domicilio. Los únicos establecimientos que podrán abrir más allá de las 22.00 horas son las farmacias, los centros médicos y veterinarios. 

Las autoridades sanitarias recomiendan evitar salir de forma innecesaria a la calle, aunque no están prohibidos los desplazamientos en el interior de las 45 áreas con restricciones. Esto quiere decir que nadie podrá ser multado por pasear por su barrio. 

Confinamiento: la prohibición de casi todo

De esta forma, tanto el cierre perimetral de un municipio concreto como las restricciones a la movilidad en zonas determinadas de una localidad son instrumentos para la limitación de la actividad social que contienen medidas muy parecidas a las que ya sufrieron los ciudadanos durante las fases de la desescalada en la primera ola de la pandemia.

Sin embargo, el confinamiento estricto, la medida que hasta la fecha se ha mostrado más eficaz en la lucha con el coronavirus, va mucho más allá. Se trata de restringir al máximo los movimientos de la ciudadanía, solo permitiendo salir de casa para comprar en el supermercado, trabajar o ir al médico

Con esta fórmula, utilizada por el Gobierno desde mediado de marzo hasta el comienzo de la desescalada a principios de mayo, los centros escolares y la inmensa mayoría de los negocios permanecen cerrados, lo que supone la parálisis de la economía. Esta medida solo la puede decretar el Gobierno de la nación mientras que para los cierres perimetrales o las restricciones de zonas sí son competentes de la comunidades autónomas. 

La Generalitat de Cataluña ya pretendió el pasado julio aplicar de nuevo este confinamiento domiciliario en la comarca leridana del Segrià, pero la titular del juzgado de instrucción número 1 de Lleida lo impidió al considerar "indiscriminada" y "desproporcionada" la medida y concluyó que la Generalitat pretendía "eludir" de forma ilimitada la aplicación parcial del estado de alarma, que es una competencia estatal para la que debería pedir permiso al Gobierno.

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