AIReF pide activar cláusula de excepcionalidad para suspender el marco fiscal y un plan de reequilibrio

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) recomienda al Gobierno la activación de la cláusula de excepcionalidad recogida en la Ley de Estabilidad Presupuestaria para la suspensión del marco fiscal en 2020, pudiendo incurrir el Estado y las CCAA en déficit estructural, unido al inicio de los trabajos para elaborar un plan de reequilibrio de las cuentas públicas con una hoja de ruta para los próximos años que contemple la sostenibilidad.

Así se desprende del Informe sobre la Actualización del Programa de Estabilidad 2020-2021, que prevé una caída del PIB de entre el 8,9% y el 11,7% este año en función de la duración de la pandemia, frente al 9,2% del Gobierno, y un déficit de entre el 10,9% y el 13,8%, frente al 10,34% del Ejecutivo, proyectando una recuperación más lenta.

El organismo realiza sus previsiones bajo dos escenarios: con el primero finaliza el confinamiento el 15 de mayo y se reanuda la actividad, mientras que en el segundo hay un rebrote en otoño y obliga a otro mes de confinamiento. Bajo esos supuestos, augura un déficit de entre el 10,9% y el 13,8% este año y de entre el 7,5% y el 9,4% el próximo, lo que situará la ratio de deuda pública sobre PIB entre el 115% y el 122% del PIB y entre el 117% y el 124% del PIB en cada caso.

La presidenta de la AIReF, Cristina Herrero, ha indicado durante la presentación del informe que la prioridad actual es dar respuesta a la crisis en el corto plazo y es necesario "sostener" las rentas afectadas por la crisis, especialmente a través de las prestaciones por desempleo o la relativa al cese de actividad de los autónomos.

Asimismo, la AIReF aboga por la aplicación de medidas haciendo uso del margen fiscal permitido en la normativa, si bien cree que no deben olvidarse los efectos en el medio plazo, por lo que subraya la necesidad de una estrategia fiscal de salida que garantice la sostenibilidad de las finanzas públicas en el medio y largo plazo.

Además, Herrero ha recordado que la UE ha activado la cláusula de excepcionalidad que deja en suspenso la aplicación del marco fiscal en 2020 "sin que por ello se pierda de vista las perspectivas de sostenibilidad", sino que se establece que mientras dure la situación excepcional se podrán aplicar las medidas "oportunas, selectivas y temporales".

A este respecto, ha recordado y recomendado la activación de la cláusula de excepcionalidad recogida en la Ley de Estabilidad Presupuestaria para la suspensión del marco fiscal y de forma pareja el inicio de los trabajos para elaborar un Plan de Reequilibrio.

"EL EFECTO SALTO DEL DÉFICIT CARECE DE PREOCUPACIÓN"

La Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de 2012 establece que todas las administraciones públicas deben presentar equilibrio o superávit, sin que puedan incurrir en déficit estructural.

No obstante, el Estado y las comunidades autónomas podrán presentar déficit estructural en las situaciones excepcionales tasadas en la Ley: catástrofes naturales, recesión económica o situación de emergencia extraordinaria, situaciones que en el caso del Estado deberán ser apreciadas por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados y en el de las CC.AA. en el Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF), en ambos casos previo informe de la AIReF.

En estos casos, deberá presentarse un plan de reequilibrio que permita volver al equilibrio presupuestrio, detallando las medidas adecuadas para hacer frente a las consecuencias presupuestarias derivadas de estas situaciones excepcionales.

Herrero ha indicado durante la presentación del informe que el "efecto salto" del déficit y deuda pública en 2020, si se hace uso de esta "cláusula de escape" del marco fiscal, carece de "preocupación", ya que "lo importante es la senda que va a tener a partir del próximo año" y que se cuide la "dinámica" de ambas ratios y no se descuide la sostenibilidad.

LA RATIO DE DEUDA NO VOLVERÁ A NIVELES DEL 95% DEL PIB HASTA 2040

En el caso de la deuda pública, el director de la División de Análisis Presupuestario de AIReF, Ignacio Fernández-Huertas, ha apuntado se necesitarán acometer ajustes similares a los de la década pasada para alcanzar el equilibrio presupustario en una década, a lo que será necesario añadirle 10 años más para volver al nivel de deuda del 95% del PIB previo a la crisis del Covid-19, por lo que no se regresarían a esos niveles hasta el año 2040.

La Autoridad Fiscal insta a la planificación adecuada de medidas permanentes e inclusión en el Plan de Reequilibrio y al seguimiento de medidas que generan pasivos contingentes, la inclusión en el Plan de Reequilibrio y remisión trimestral de información a AIReF.

En este sentido, Herrero ha apuntado que se deben incluir en el mismo las medidas de carácter permanente con una planificación a medio plazo para dotarlas de la financiación adecuada mediante los ajustes de ingresos o rebajas de gastos y en "ningún caso" con recurso al incremento de la deuda pública, ya que esto solo se debería dar para atender medidas temporales a corto plazo y no para la financiación del gasto corriente de carácter permanente.

Igualmente, reitera las recomendaciones incluidas en el aval del escenario macroeconómico, como son el envío a AIReF del escenario fiscal junto al cuadro macroeconómico y de un escenario inercial que permita un mejor análisis del impacto de las medidas, junto a la firma de un convenio para regular el intercambio de información.

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