Coronavirus.- Aragón suspende desde este sábado espectáculos y actividades culturales, religiosas y deportivas

El Consejo de Gobierno extraordinario celebrado este viernes, 13 de marzo, por el Ejecutivo autonómico ha tomado conocimiento de una orden del Departamento de Sanidad que, ante la crisis del coronavirus, suspende en la Comunidad los actos colectivos en espacios cerrados o abiertos de espectáculos públicos, recreativos y de ocio, actividades culturales, religiosas, deportivas o similares, con independencia de que sean ofrecidas por un titular, gestor y organizador público o privado.
El consejero de Educación, Cultura y Deporte de Aragón, Felipe Faci, y el director general de Salud Pública, Francisco Javier Falo.
El consejero de Educación, Cultura y Deporte de Aragón, Felipe Faci, y el director general de Salud Pública, Francisco Javier Falo.
EUROPA PRESS
El consejero de Educación, Cultura y Deporte de Aragón, Felipe Faci, y el director general de Salud Pública, Francisco Javier Falo.

Excepcionalmente, siempre que quien conste como titular, gestor u organizador garantice la inexistencia de riesgos para la consecución de los objetivos de salud pública por el coronavirus, podrán celebrarse dichos actos cuando no impliquen o puedan implicar una concentración igual o superior a 200 personas.

Además, podrá tener lugar únicamente solo si se ocupa como máximo un tercio del aforo autorizado, con el objetivo de garantizar un espacio de separación adecuado entre los participantes. La orden entrará en vigor este sábado, 14 de marzo, y la suspensión estará vigente hasta 29 de marzo, sin perjuicio de las posibles prórrogas que se puedan adoptar.

El consejero de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, Felipe Faci, ha informado en la rueda de prensa posterior al Consejo que el objetivo es "evitar que se propague el contagio del coronavirus", con medidas de "carácter excepcional, algunas de ellas que no se había puesto en marcha nunca" y que se evaluarán "día a día" por si son necesarias correcciones.

Ha apelado a la responsabilidad individual y colectiva en los hábitos y conductas en los próximos 15 días para que surtan efecto estas actuaciones. "Cuando un gobierno toma una decisión así es porque hay motivos para tomarla" y se requiere la colaboración de todos y de la "conciencia colectiva" porque sino, "no haremos nada y se habrán de adoptar algunas otras medidas", ha advertido Faci.

NO AFECTA A LA SEMANA SANTA

Ha remarcado que el periodo de aplicación de esta orden es de 15 días por lo que la Semana Santa "queda fuera" de esas fechas ya que este año se celebrará del 5 al 12 de abril.

Ha detallado que esta suspensión no afecta a los bares y ha aclarado que en el caso de los cines, salas de teatro o de las iglesias donde se puedan acoger a la excepcionalidad que contempla la orden es "responsabilidad" de los gestores o titulares decidir acogerse a ella, siempre "garantizando" que se pueda organizar la actividad cumpliendo la orden y preservando la salud pública, y, sino, cesar la actividad temporalmente.

Sobre el transporte público, ha comentado que si se está esperando en una parada y se observa que el autobús o el tranvía "va completo, igual no lo debo coger" y, si es necesario para llegar al trabajo, "habrá que ser más flexibles".

Ha comentado que en el caso de las medidas de obligado cumplimiento, están sujetas a unos procedimientos administrativos y sancionadores.

OTRAS SUSPENSIONES

La orden incluye, como ya anunció este jueves el presidente de Aragón, Javier Lambán, la suspensión de toda actividad formativa o educativa presencial, reglada o no, en todos los centros y niveles, lectiva o extraescolar, pública o privada desde cero años, incluida la universidad.

Esto va a afectar, ha dicho Faci, a 235.000 niños y jóvenes de cero a 18 años, a 34.600 universitarios y 14.000 alumnos de Escuelas Oficiales de Idiomas.

Además, se cierran las residencias de estudiantes de titularidad pública universitarias y no universitarias y se suspende toda actividad formativa presencial en todas las entidades públicas o privadas que imparten formación profesional para el empleo, formación para autónomos, emprendedores y entidades de economía social, en el marco de los programas gestionados y autorizados por el Departamento de Economía, Planificación y Empleo.

Igualmente, se suspende la apertura de locales de ocio infantil y ludotecas, la apertura al público de la red de bibliotecas públicas de la Comunidad y los museos de gestión o titularidad pública y las competiciones deportivas de cualquier nivel y categoría que fueran a celebrarse en Aragón, tanto federadas, como no federadas.

COLECTIVOS ESPECÍFICOS

La orden recoge una serie de medidas de protección para colectivos específicos, como son suspender la apertura de centros no residenciales de mayores de carácter lúdico, tales como hogares, clubes y centros de convivencia y de ocio.

Además, se limitan las visitas a una persona por residente en centros residenciales de mayores y de personas con discapacidad, en el horario que determine la dirección del centro, que se aplicará salvo circunstancias individuales, en las que procedan medidas adicionales de cuidados y humanización que adoptará la dirección del centro.

No se permite el acceso a los centros residenciales de mayores y de personas con discapacidad a personas con síntomas de infección respiratoria aguda -tos, fiebre o dificultad respiratoria aguda- y se suspenden las actividades grupales o colectivas dirigidas a personas mayores y personas con discapacidad.

Asimismo, en circunstancias acreditadas el órgano competente en materia de Salud Pública, podrá adoptar la suspensión de otras actividades no contempladas anteriormente.

La orden aclara que estas medidas se determinan para la protección de la salud de los colectivos destinatarios y se aplicarán en sus términos con proporcionalidad y respeto a los derechos de las personas usuarias de los servicios y sus familiares y trabajadores.

PERSONAL PÚBLICO

La orden también contempla que el personal funcionario y laboral de la Administración autonómica podrá ser adscrito, por necesidades del servicio, a otros puestos de trabajo o funciones cuando concurran razones de especial necesidad derivada de planes de contingencia de salud pública.

Esta adscripción tendrá carácter temporal, quedando reservado el puesto de trabajo de titularidad del empleado público y producirá los efectos del desempeño del puesto de trabajo que se venga realizando en el momento de la adscripción, con carácter definitivo o temporal y continuará percibiendo las retribuciones del citado puesto.

La orden señala que los órganos competentes para acordar la redistribución de efectivos son la persona titular del Departamento competente en materia de función pública, cuando la redistribución se produzca en el ámbito de los servicios centrales de distintos Departamentos o se refiera a supuestos distintos a los específicamente señalados en los apartados siguientes.

Asimismo, los consejeros o consejeras en el ámbito de su Departamento, así como entre el Departamento y los organismos públicos adscritos al mismo.

Igualmente, las personas titulares de las direcciones de los organismos públicos respecto del personal funcionario destinados en ellos, así como los delegados territoriales, en el ámbito de sus respectivas competencias, cuando la redistribución se efectúe entre servicios de distintos Departamentos.

COLABORACIÓN

La orden recuerda que para garantizar la protección de la salud pública de toda la población existe el deber de la ciudadanía de facilitar el desarrollo de las actuaciones de salud pública y de abstenerse en la realización de conductas que dificulten, impidan o falseen su ejecución.

Además, indica que, de conformidad con la Ley General de Salud Pública, los gastos derivados de la adopción de las medidas previstas de esta orden correrán a cargo de la persona o empresa responsable.

Por otra parte, el Gobierno de Aragón, a través de la Dirección General de Servicios Jurídicos, se solicitará la ratificación judicial de aquellas medidas que comportan privación o restricción de la libertad o derechos fundamentales de las personas.

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