Cinco estudiantes chinos a los que no permitieron entrar en un local de Huelva creen que fue por el temor al coronavirus

Imagen de archivo de dos estudiantes chinos.
Imagen de archivo de dos estudiantes chinos.
PIXABAY
Imagen de archivo de dos estudiantes chinos.

Cinco estudiantes chinos, tres chicos y dos chicas, de unos 23 años han denunciado que este pasado sábado no les dejaron entrar en un local de copas del centro de Huelva argumentando que eran menores de edad, aunque sospechan que fue debido al temor a que, por su origen, estuviesen contagiados del coronavirus registrado en su país.

Según refleja la hoja de reclamaciones que rellenaron en el establecimiento ayudados por una vecina de la provincia andaluza que presenció la escena, acudieron en torno a las dos de la mañana al establecimiento, donde se les prohibió la entrada por ser menores de edad a pesar de que mostraron el documento que acreditaba lo contrario.

Los jóvenes han informado de que estaban perfectamente identificados ya que tienen permiso de residencia en España al ser estudiantes de Turismo en la Universidad de Huelva.

El bar podría ser clausurado "al menos" un mes

Por su parte, el bar de copas se enfrenta ahora a ser clausurado “al menos” un mes por lo ocurrido, tal y como ha advertido este lunes Facua-Consumidores en Acción, a través de un comunicado, en el que ha precisado que prohibir el acceso a un establecimiento por cuestiones de raza o nacionalidad del usuario supone una “infracción grave” de la normativa andaluza de espectáculos públicos y actividades recreativas.

En concreto, la denegación de acceso a estos cinco estudiantes “podría suponer”, según la organización, la “vulneración” del artículo 6 del Decreto 10/2003, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de la Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas que recoge la prohibición de establecer ninguna condición de admisión "que pueda suponer discriminación o trato desigual de acceso” a un establecimiento “en función de la edad, sexo, nacionalidad o raza de los asistentes".

Además, en el caso de incumplimiento de las prohibiciones del artículo 6, el Decreto 10/2003 también establece que la sanción llevará aparejada "la suspensión de la autorización del establecimiento público y la clausura de éste por un período mínimo de un mes", según ha insistido Facua, al tiempo que ha puntualizado que el artículo 25.1 de la misma normativa señala que el incumplimiento de cualquiera de las prohibiciones que recoge supone una "infracción grave".

De igual forma, Facua ha recordado que un establecimiento “no puede imponer ninguna condición de admisión que no haya solicitado y no haya sido expresamente autorizada por la administración competente”, en este caso el Ayuntamiento.

La asociación también ha señalado que, ante situaciones de este tipo, son los ayuntamientos quienes tienen las competencias sancionadoras, por lo que ha instado a los afectados a acudir al consistorio onubense para presentar su denuncia.

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