El TSJC anula la proclamación de Pellicer como alcalde de Reus por la negativa de la CUP a acatar la Constitución

  • Un recurso de Vox obliga a repetir la votación antes de 3 meses y solo JxCat y ERC dieron apoyo a la alcaldía.
El alcalde de Reus, Carles Pellicer (JxCat).
El alcalde de Reus, Carles Pellicer (JxCat).
ACN
El alcalde de Reus, Carles Pellicer (JxCat).

La sala contenciosa-administrativa del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya (TSJC) ha anulado este martes la elección y proclamación de Carles Pellicer (JxCat) como alcalde de Reus por la negativa de los tres regidores de la CUP de jurar o prometer acatar la Constitución.

Pellicer fue elegido por los votos de su formación, ERC y Ara Reus, mientras que los tres cuperos hicieron un voto nulo, ya que escribieron el nombre de Noemí Llauradó, cabeza de lista de ERC y que no se presentó en la investidura a raíz del pacto con Junts.

De todos modos, al haber sido una votación secreta, el tribunal considera que esta se ha de repetir porque no hay evidencias de qué votó cada regidor. El recurso lo presentó el 20 de junio el cabeza de lista de Vox en la ciudad y número 2 de la formación en al demarcación de Tarragona.

ERC y Junts se opusieron al recurso, mientras que la fiscalía instó a admitirlo a trámite solo en el caso de los regidores cuperos.

El recurso contencioso-electoral pretendía anular el nombramiento como regidores de los miembros de Junts Montserrat Vilella y Maria Teresa Pallarès, de ERC, Noemí Llauradó, Daniel Recasens, Montserrat Flores, Carles Prats, Marina Berasategui y Òscar Subirats, y de los tres cuperos: Marta Llorens, Edgar Fernández y Mònica Pàmies.

También pedía anular todas las votaciones en los que hubiesen participado porque no habrían adquirido la condición plena de regidores por "fraude de ley, desnaturalización o vaciado de contenido del juramento o promesa", ya que los regidores de ERC y Junts habían prometido o jurado "por imperativo legal" o "porque lo manda la ley".

En el caso de la CUP la fórmula utilizada fue la siguiente: "Ni juro ni prometo, simplemente acato un procedimiento forzada y obligada por la Junta Electoral Central".

El acto de toma de posesión del acta de regidores estuvo marcado pro la intervención de la candidata de Cs, Débora García. En su discurso opinó que la fórmula utilizada por los regidores de ERC, a los que citó con nombre y apellidos,, no se ajustaba a la Constitución e instó al presidente de la mesa de edad a que se lo hiciese repetir para acatar escrupulosamente la ley. Sus palabras provocaron la reacción airada del público. La petición no fue atendida por el presidente de la mesa de edad, Carles Prats (ERC).

Los magistrados consideran que la fórmula de ERC y Junts es válida y amparada en amplia jurisprudencia constitucional. En cambio, la fórmula de la CUP no deja lugar a la ambigüedad, dicen los magistrados. Pero el tribunal recuerda que los cargos electos están obligados a jurar o prometer la Constitución, aunque no estén de acuerdo: "No se trata de que se haga el juramento o promesa condicionado, adulterado, limitado, trivializado o banalizado, sino sencillamente que se niega explícitamente y abiertamente, sin ninguna duda", argumenta.

Esta falta de acatamiento comporta que los regidores no tengan la condición plena de miembros del plenario municipal, lo que les impedía participar en la votación inmediata del alcalde, que fue elegido, en votación secreta y con mayoría absoluta. Esto, según el tribunal, comporta la anulación de la votación y, por lo tanto, de elección y proclamación de Pellicer como alcalde. Como que los votos mínimos por la mayoría absoluta son 14, y Pellicer obtuvo 15, el tribunal considera que los tres votos de la CUP podían ser claves.

La sentencia, que solo se puede recurrir ante el Tribunal Constitucional, dictamina que se ha de proceder a una nueva votación en tres meses, aunque el ayuntamiento ya ha anunciado que se hará este próximo miércoles.

Impulso Ciudadano celebra la decisión

Según la entidad españolista  Impulso Ciudadano, la sentencia deja claro que para acceder al cargo de regidor se ha de acatar expresamente la Constitución y, que no pueden participar en la constitución de las corporaciones locales y en las elecciones de alcaldes los que se "sitúen al margen de la legalidad constitucional", como ha pasado con los tres regidores de la CUP de Reus que se negaron abiertamente a jurar o prometer la Constitución, manifestando que simplemente acataban el procedimiento forzados y obligados por la JEC.

En este sentido, la entidad celebra la interpretación que ha hecho el TSJC, que ha considerado que estos electos no habrían de haber participado en la votación para la elección del alcalde, que tuvo lugar en la misma sesión constitutiva, y ha procedido a su invalidación.

En relación a las fórmulas utilizadas por otros electos independentistas de Reus, que complementaban la promesa de acatamiento a la Constitución con expresiones aparentemente incompatibles como la adhesión a los valores de la República Catalana o a la independencia de Cataluña, Impulso Ciudadano considera que la sala ha adoptado un criterio "muy flexible", en el sentido de que estas fórmulas "amagan un evidente fraude de ley".

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