Hacienda niega la devolución del IRPF de maternidad y paternidad a una de cada cuatro solicitudes resueltas

Una madre lleva a sus hijos al colegio.
Una madre lleva a sus hijos al colegio.
ARCHIVO
Una madre lleva a sus hijos al colegio.

La Agencia Tributaria ha devuelto hasta la fecha 733 millones de euros a más de 563.000 contribuyentes del IRPF indebidamente retenido en las prestaciones de maternidad y paternidad disfrutados entre 2014 y 2017, con una media de 1.300 euros por beneficiado.

El Ministerio de Hacienda ha recordado este martes en un comunicado que estas devoluciones son consecuencia de la sentencia del Tribunal Supremo, que el pasado 5 de octubre declaró exentas de IRPF las prestaciones públicas por maternidad de la Seguridad Social, y se refieren a los últimos cuatro ejercicios no prescritos.

En el caso de las mujeres, la devolución media ha alcanzado los 2.012 euros, mientras que en el de hombres ha sido de 470 euros. En estos momentos, sobre un total de 1.021.000 solicitantes, se ha resuelto la solicitud de 733.000 y, sobre estos últimos, ha correspondido practicar devolución a 563.000 contribuyentes, lo que supone el 76,8% de todos aquellos con solicitud resuelta. En otras palabras, el 23% de las solicitudes resueltas hasta la fecha no tiene derecho a devolución.

El Ministerio ha matizado estas cifras de contribuyentes con derecho al reintegro no son definitivas, ya que se siguen presentando solicitudes de devolución —en las últimas siete semanas han alcanzado las 180.000—. El pasado enero, el director general de la Agencia Tributaria, Jesús Gascón, fijó abril como fecha límite para resolver todas las retenciones.

¿Por qué puedo no tener derecho?

No todas las solicitudes generan un derecho de devolución, ya que hay contribuyentes a los que no se les retuvo o no abonaron cuotas en el IRPF por partir de niveles bajos de renta.

Adicionalmente, existe toda una serie de supuestos complejos que requieren de un mayor tiempo de comprobación previa antes de resolver positiva o negativamente una solicitud, entre los cuales caben destacar las solicitudes duplicadas, también aquellas en las que consta una cuenta bancaria incorrecta o no consta cuenta, y casos de declaraciones que ya fueron en su momento objeto de una comprobación.

Los casos complicados pueden venir tanto de la complejidad de la situación tributaria del solicitante, como de la propia declaración presentada en su día, ya que la determinación de la cantidad concreta que debe ser objeto de devolución exige un recálculo de toda la declaración y, por tanto, afecta a aspectos tan diversos como las rentas exentas y no exentas, las reducciones, modalidad de declaración, etc.

En cuanto al inicio de las devoluciones a empleados públicos, el Ministerio ha detallado que está pendiente de que la Agencia Tributaria vaya recibiendo toda la información de parte de las distintas administraciones públicas pagadoras.

Por lo que respecta a las retenciones practicadas en 2018, Hacienda ha recordado que en la declaración de la Renta de este año ya incorporarán las prestaciones como exentas y las retenciones soportadas serán deducibles.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento