Así es la reforma para que los trabajadores fichen en sus empresas

<p>La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada.</p>
La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada.
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<p>La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada.</p>

El Gobierno ha renunciado a derogar los aspectos más lesivos de la reforma laboral de 2012, pero sí ha aprobado este viernes el registro de jornada a través de un real decreto ley en el que también ha reducido de 55 a 52 años la edad mínima para recibir el subsidio para desempleados de larga duración.

En la conferencia de prensa posterior al Consejo de Ministros, la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Magdalena Valerio, ha explicado que esa renuncia responde a un ejercicio de "prudencia" propio de un Gobierno "realista" que "tiene que saber el terreno que pisa y adecuarse a la situación", tras dos años de negociaciones infructuosas.

"Hemos sopesado los pros y los contras de llevar un real decreto ley modificando los aspectos más lesivos de la reforma laboral de 2012 (...) y hemos llegado a la conclusión de que no íbamos a contar con suficientes apoyos en la Comisión Permanente, tal y como hemos visto con el tema de las pensiones", ha explicado Valerio, que ha apostillado que "la vida sigue".

Sin embargo, el Consejo de Ministros sí ha aprobado el registro horario de la jornada laboral, que tardará en entrar en vigor dos meses desde la publicación del real decreto impulsado este viernes, que en principio está prevista para el próximo martes.

Así, "la empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora", sin perjuicio de la flexibilidad horaria establecida en el Estatuto de los Trabajadores, del que se modifica su artículo 34 en su apartado séptimo.

La empresa deberá conservar los registros durante cuatro años para que estén a disposición de los trabajadores, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

El decreto establece que para poner en marcha este registro será obligatoria la negociación colectiva, por lo que habrá de consultarse a comités de empresa y representantes de los trabajadores. El empresario será quien, en su defecto, organice y documente este registro para cada trabajador.

Este decreto modifica además la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Esto provocará que se incluya este registro de la jornada como motivo para que, en caso de que exista transgresión por parte de la empresa, esta sea considerada como sanción grave, que podrán ser multadas con cantidades comprendidas entre 626 y 6.250 euros.

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