El Ministerio de Industria no renuncia a aplicar el precio de la electricidad por horas

  • A FONDO: ¿Cómo se calcula la factura de la luz?
  • El ministerio asegura que el nuevo sistema comienza el 1 de abril.
  • El Parlamento catalán ha aprobado interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley del Sector Eléctrico del Gobierno del PP.
Imagen de una factura de la luz.
Imagen de una factura de la luz.
JORGE PARIS
Imagen de una factura de la luz.

Industria no renunciará a aplicar el precio de la electricidad por horas. El Ministerio recuerda en un comunicado que se aplicará el sistema de precios de la electricidad a partir del próximo 1 de abril y que tiene cuatro modalidades, negando así la información de las últimas horas.

En una nota de prensa, asegura que las cuatro modalidades serán:

  1. Precio por hora para todos aquellos consumidores que dispongan de un contador inteligente integrado.
  2. Precio de mercado promedio diario aplicado al periodo de facturación para los consumidores que no tengan instalado un contador inteligente integrado.
  3. Precio derivado del contrato estándar anual que tendrán que ofrecer obligatoriamente los comercializadores de referencia a los consumidores.
  4. Precio bilateral derivado de la negociación libre entre el comercializador y el consumidor que eventualmente puedan realizar.

El pleno del Parlamento catalán ha aprobado con una amplia mayoría interponer un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley del Sector Eléctrico del Gobierno del PP, que fue aprobada en diciembre por el Congreso, al entender que contiene artículos que vulneran la Constitución y el Estatut. El recurso, que había sido solicitado por cuatro grupos (CiU, ERC, PSC e ICV-EUiA) ha contado también con el apoyo de la CUP, por lo que ha sido aprobado por 101 votos a favor, 18 en contra (PP) y 9 abstenciones (Ciutadans).

Después de que el Consejo de Garantías Estatutarias emitiera un dictamen en el que se indicaban múltiples aspectos de la Ley del Sector Eléctrico susceptibles de ser anticonstitucionales o antiestatutarios, el Parlament ha decidido recurrir los artículos 9, 40, 43.5, 46, 51 y 52.4, además de la disposición final segunda.

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