Condenas de entre 5 y 11 años de cárcel a cuatro antifascistas por apuñalar a un joven en Valdemoro

  • El juez considera que hubo agravante de discriminación política.
  • Los acusados son de ideología de extrema izquierda.
  • La víctima tuvo que ser intervenida en el hospital.
Imagen de un mazo judicial.
Imagen de un mazo judicial.
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Imagen de un mazo judicial.

El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que condenó a penas de entre cinco y once años de prisión a cuatro antifascistas que intentaron matar a un joven ultraderechista de 16 años al que apuñalaron el 7 de noviembre de 2010 en Valdemoro.

La resolución declara no haber lugar al recurso interpuesto por los procesados, tres varones condenados a once años y tres meses de cárcel -los dos primeros como autores y el tercero como cooperador necesario,- y una mujer, cuya pena asciende a cinco años y siete meses de prisión por cómplice como coordinadora.

A todos ellos se les aplica las agravantes de discriminación política y de disfraz.

Además, se les prohíbe aproximarse a la víctima a menos de quinientos metros y a comunicarse con él durante 16 años los tres primeros y durante 15 años la cuarta condenada y todos ellos deben indemnizar de forma conjunta al agredido en 80.000 euros por las lesiones, las secuelas y el daño moral que le causaron.

La Audiencia declaró probado que los acusados, con ideología de extrema izquierda, en unión de otro procesado huido, resolvieron atentar contra la vida de la víctima, entonces un menor de 16 años que se definía a sí mismo franquista-falangista, conocedores de que iba a acudir a presenciar la retransmisión de un partido de fútbol de especial trascendencia en un bar de Valdemoro.

Una vez que confirmaron que se encontraba en el bar se reunieron para llevar a cabo su propósito.

Dos de ellos con el rostro tapado atacaron al joven con armas blancas mientras que un tercer acusado y la mujer permanecieron a pocos metros del lugar en un vehículo para huir.

La acción la llevaron a cabo pasadas las nueve de la noche cuando los autores materiales se aproximaron a la víctima cuando había salido al exterior acompañado por otros dos menores.

De forma súbita

La sentencia añade que le acometieron de forma súbita, empleando para ello navajas con las que le apuñalaron dos veces en el abdomen y una por la espalda.

El agredido pudo bajar en el curso de la breve refriega la prenda que cubría el rostro de uno de los agresores, el que le apuñaló de frente, al que conocía por haber tenido varios enfrentamientos a consecuencia de sus opuestas ideas políticas.

Los agresores huyeron a la carrera y se dirigieron a un lugar donde les esperaban los otros acusados en un vehículo.

La víctima ingresó en el hospital Infanta Elena de Valdemoro, donde fue intervenida quirúrgicamente y le han quedado secuelas.

En dos ocasiones con anterioridad a estos hechos el acusado al que el agredido identificó se había dirigido a éste llamándole "cerdo" y "facha de mierda".

El Supremo está de acuerdo con la agravante apreciada por la Audiencia de haberse cometido los hechos por motivos ideológicos pues entre los atacantes y la víctima no existía otra causa de enemistad y el único móvil de la agresión fue el político.

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