La CEOE ve "indignante" la subida de las cotizaciones que prevé el Gobierno

El presidente de la CEOE, Juan Rosell.
El presidente de la CEOE, Juan Rosell.
EFE
El presidente de la CEOE, Juan Rosell.

La Junta Directiva y el Comité Ejecutivo de CEOE han analizado las consecuencias económicas y jurídicas del Real Decreto Ley 16/2013, por el que se obliga a cotizar a la Seguridad Social por las retribuciones en especie, y han acordado, de forma unánime, pedir al Gobierno la retirada del mismo. Fuentes de la patronal han asegurado a Efe que se sienten "muy indignados con la medida".

Además, instarán al Ejecutivo a constituir una comisión con los agentes sociales para analizar detalladamente el impacto económico y social y las consecuencias legales de "integrar en el salario los conceptos que no lo son".

En un comunicado, la patronal señala que, a su entender, una iniciativa que afecta a las contribuciones sociales de empresarios y trabajadores debería haber estado precedida de una consulta, como es habitual en este ámbito, y no haber sido aprobada "de forma precipitada", como ha sucedido en este caso, especialmente cuando el coste puede representar, como mínimo, un punto de cotización de Seguridad Social.

Los empresarios ha recalcado que el "incremento continuo" que se está produciendo en las cotizaciones sociales con estas medidas y con el incremento del 5% de las bases máximas mina la competitividad de las empresas y la creación de empleo y pone en riesgo la incipiente recuperación.

Transporte, vales de comida, guarderías...

Con este real decreto ley, las empresas y los trabajadores deben cotizar a la Seguridad Social por conceptos de la nómina hasta ahora exentos, como el plus de transporte, vales de comida, guarderías, seguros médicos privados o planes de pensiones.

Los cambios están en vigor desde el pasado 22 de diciembre tras la publicación en el BOE del real decreto ley 16/2013 de 20 de diciembre de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores.

La norma establece en una disposición final que la base de cotización para todas las contingencias "estará constituida por la remuneración total, cualquiera que sea su forma o denominación, tanto en metálico como en especie, que con carácter mensual tenga derecho a percibir el trabajador".

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