La Audiencia de Valencia decreta excarcelar a dos violadores en aplicación de la doctrina Parot

  • Los reclusos estaban condenados a penas de entre 28 y 33 años de cárcel por detención ilegal y robo con violación.
  • El fallo del Tribunal Superior de Justicia de Valencia da por cumplida la pena y acuerda su puesta en libertad definitiva.
  • Sin la aplicación de la doctrina Parot habrían salido en 30 de junio de 2008 y el 4 de noviembre de 2012.
El presidente del Tribunal, Dean Spillmann (dcha), y el subsecretario Michael O'Boyle (izq) hacen pública la sentencia favorable a la presa etarra Inés del Río Prada.
El presidente del Tribunal, Dean Spillmann (dcha), y el subsecretario Michael O'Boyle (izq) hacen pública la sentencia favorable a la presa etarra Inés del Río Prada.
EFE/Patrick Seeger
El presidente del Tribunal, Dean Spillmann (dcha), y el subsecretario Michael O'Boyle (izq) hacen pública la sentencia favorable a la presa etarra Inés del Río Prada.

La Audiencia de Valencia ha decretado este jueves, en aplicación de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que deroga la doctrina Parot, la excarcelación de dos violadores condenados en 1994 a penas de entre 28 y 33 años de prisión por los delitos de detención ilegal y robo con violación.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha informado de que la Sección Cuarta de la Audiencia ha acordado declarar cumplida la pena y extinguida la responsabilidad penal de J.S.S. y P.J.R.H. y acordar su libertad definitiva.

Según el auto, la sentencia del Tribunal Europeo ha supuesto que la ejecución de penas vuelva a vincularse al límite máximo de cumplimiento de penas de 30 años establecido en el Código Penal de 1973, en vez de a cada una de las penas que pesen sobre el condenado por acumulación o liquidación como establecía la doctrina Parot.

Petición de la Fiscalía

Con su decisión, la Audiencia ha atendido la "petición unánime de la parte y del Ministerio Fiscal", ya que según los días de redención remitidos por el centro penitenciario, el primero debía haber salido definitivamente de prisión el 30 de junio de 2008 y el segundo el 4 de noviembre de 2012.

El auto expresa que "debe materializarse a través de la presente resolución de forma expresa dicho licenciamiento definitivo de los penados, dando por extinguida su responsabilidad criminal".

J.S.S. fue condenado a 27 años de reclusión mayor por el delito de robo con violación y a una pena de un año de prisión menor por el delito de detención ilegal, además del pago de una multa de 100.000 pesetas (600 euros actuales) y P.J.R.H. a 30 años de reclusión mayor por el primer delito y tres de prisión menor por el segundo, además del pago de una multa de 200.000 pesetas (1.200 euros).

Según la sentencia, en la madrugada del 24 de mayo de 1992, ambos condenados, uno de ellos de permiso penitenciario, abordaron a una pareja y tras pedirles fuego, les amenazaron con sendos cuchillos y les conminaron a entregarles el dinero en metálico que tuvieran (2.100 pesetas) y las joyas (valoradas en casi 80.000).

A continuación, maniataron al hombre de pies y manos y J.S.S se llevó a unos matorrales y amenazada con una navaja a la mujer, a la que violó.

Tras marchase del lugar, las víctimas pudieron desatarse y tras denunciar los hechos, pudieron identificar a los agresores "sin género de dudas" tanto fotográficamente como en rueda de reconocimiento.

Por su parte, el Gobierno ya anunció este miércoles que ante la alarma social generada por la excarcelación de violadores y asesinos, está sometiendo a estos a un seguimiento dentro de los límites que establece la ley, según anunciaron fuentes del Gobierno.

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