La sala de vacaciones del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado este martes el recurso de dieciseis presos de ETA contra la aplicación de la llamada "doctrina Parot".
Según fuentes del Constitucional, estos reclusos etarras pidieron al TC que revisara su situación a raíz de la citada sentencia del TEDH que consideró "irregular" la aplicación de la "doctrina Parot" en el caso de Inés del Río.
El TC entiende que la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que instaba a España a poner en libertad a la etarra Inés del Río Prada, condenada por varios asesinatos, y a indemnizarla con 30.000 euros por daños morales, no tiene "carácter definitivo".
La sala de vacaciones -integrada por el presidente del Tribunal Constitucional, Pascual Sala; el vicepresidente, Ramón Rodríguez Arribas, y el magistrado Pablo Pérez-Tremps- ha adoptado esta decisión tras una reunión de una hora y al constatar que esa sentencia está aún pendiente de ser recurrida ante la Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo.
El Tribunal Supremo estableció en 2006 la denominada 'doctrina Parot' para determinar que los beneficios penitenciarios a los que accede un recluso deben aplicarse individualmente sobre cada una de las penas por las que haya sido condenado y no sobre el límite máximo de estancia en prisión de 30 años.
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