El fiscal no pide el ingreso en prisión de Jaume Matas al no apreciar riesgo de fuga

  • El expresidente balear fue condenado este martes a 6 años de cárcel por delitos de corrupción en el primer juicio del caso Palma Arena.
  • El fiscal anticorrupción no considera obligada la ejecución inmediata de la sentencia siempre que se cumplan las medidas cautelares.
  • Matas no ingresará en prisión hasta que la sentencia sea firme
  • Los grandes procesos por corrupción en España / La sentencia (PDF).
Imagen de archivo del expresidente balear Jaume Matas.
Imagen de archivo del expresidente balear Jaume Matas.
EFE
Imagen de archivo del expresidente balear Jaume Matas.

El fiscal anticorrupción Pedro Horrach ha presentado este miércoles un escrito en la Audiencia Provincial de Palma en el que no pide el ingreso inmediato en prisión del expresidente balear Jaume Matas tras su condena a 6 años de cárcel por delitos de corrupción en el primer juicio del caso Palma Arena.

El fiscal no considera obligada la ejecución de la sentencia "siempre que las medidas cautelares personales en vigor se mantengan en su integridad para conjurar el riesgo de fuga hasta la firmeza de la sentencia".  No obstante, "cualquier modificación de dichas medidas", asegura, supondría una incidencia a valorar en orden al aumento de probabilidades de riesgo de fuga" del exmandatario.

En esta causa, el expresidente balear se encuentra desde marzo de 2010 bajo fianza de 2.500.000 euros y con las medidas cautelares de retirada de pasaporte, prohibición de salida del país y obligación de comparecencia quincenal.

También sufre la medida de retirada de pasaporte y prohibición de salida de España el periodista Antonio Alemany, para quien el fiscal tampoco pide la ejecución de la sentencia tras haber sido condenado en el mismo caso a tres años y nueve meses de cárcel.

Sentencia "sorprendente" para la defensa

El fiscal anticorrupción reconoce que la sentencia 47/2000 del Tribunal Constitucional estableció que una condena puede constituir un dato suficiente que justifique un riesgo de sustracción a la acción de la Justicia, si bien el propio pleno del mismo tribunal ha establecido la doctrina de que una condena por delito grave no justifica el automatismo de la prisión provisional.

En este caso concreto, atendiendo a las medidas cautelares personales que recaen sobre Matas y Alemany, a "su situación personal", y al "hecho de que durante el tiempo que ha durado el procedimiento no se haya manifestado voluntad de rebeldía frente al juzgado y tribunal", el fiscal considera que existe un "factor a ponderar como indicio relevante de ausencia o minusvaloración del riesgo de fuga o de la voluntad elusiva".

El análisis inicial del contenido de la sentencia, opina el fiscal, "pone de relieve un detallado relato de hechos, una precisa y adecuada ponderación de las pruebas practicadas durante el acto del juicio oral, un minucioso examen e interrelación de los indicios incriminatorios, y una extensa y adecuada valoración de la calificación penal de los hechos, por lo que su confirmación, para el supuesto de recurso de casación, se prevé prácticamente asegurada".

Por contra, el abogado del expresidente balear Jaume Matas, Antonio Alberca, ha mostrado su confianza en que el Tribunal Supremo revoque la sentencia de la Audiencia de Palma que condena a su cliente a 6 años de cárcel por corrupción y que el letrado recurrirá en los próximos días. Alberca ha explicado que sigue analizando la resolución de 172 páginas dictada por la sección primera de la Audiencia, que ha calificado de "sorprendente".

Esta es la primera sentencia del caso Palma Arena, una causa dividida en 26 piezas sobre corrupción en la que Matas está imputado en una veintena, entre ellas la investigación del Instituto Nóos, que fue presidido por Iñaki Urdangarin. Matas, que es el cuarto presidente autonómico condenado por corrupción, fue responsable del Govern balear entre los años 1996-1999 y 2003-2007 y ministro de Medio Ambiente de 2000 a 2003

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