Luis Rubiales se enfrenta a un doble escenario crítico que podría acabar con una condena a prisión

El Consejo Superior de Deportes (CSD) no podrá sancionar provisionalmente a Luis Rubiales como presidente de la Real Federación Española de Fútbol.
El Consejo Superior de Deportes (CSD) no podrá sancionar provisionalmente a Luis Rubiales como presidente de la Real Federación Española de Fútbol.
El Consejo Superior de Deportes (CSD) no podrá sancionar provisionalmente a Luis Rubiales como presidente de la Real Federación Española de Fútbol.

El escenario para Luis Rubiales es cada vez más complicado. El inhabilitado presidente de la Federación Española de Fútbol verá en los próximos días como la Fiscalía General traslada a la Audiencia Nacional la querella por una presunta agresión sexual a la que se adhirió este martes Jennifer Hermoso, la futbolista a la que besó en los labios sin su consentimiento tras la final del Mundial.

De esta forma, y tras la declaración de Hermoso ante el Ministerio Público, el caso llegará ahora a la Audiencia Nacional. Con la entrada en vigor de la conocida como ley 'del sí es sí', y según el artículo 178.1 de la norma, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años como responsable de agresión sexual "el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento". Una agresión que, en virtud del artículo 180.2, puede ensanchar la pena máxima hasta los cinco años cuando se ejecute empleando "violencia o intimidación". No obstante, esa pena también podría ser conmutada por una multa económica.

Además, también podría aplicarse el artículo 180.5, que eleva la condena de dos a ocho años cuando los hechos se cometan con algún agravante, como las agresiones en manada, por sumisión química, o cuando para la ejecución del delito el acusado se hubiera valido de una situación de superioridad

En la vía puramente administrativa, Rubiales está por el momento inhabilitado por la FIFA, mientras el CSD persigue también suspenderlo temporalmente, y por ello recurrirá la primera sentencia del TAD que había juzgado los hechos como "graves". Solo en el caso de que esa calificación ascendiese a "muy graves" se podría dar la suspensión o inhabilitación entre 2 y 15 años, a lo que se añadiría una multa de hasta 30.000 euros.

Mostrar comentarios

Códigos Descuento