La Audiencia Nacional absuelve a los cinco dirigentes del diario 'Egunkaria'

  • La sentencia llega siete años después del cierre del medio.
  • Los acusados sólo se enfrentaban a la acusación popular, encarnada por la Asociación de Víctimas del Terrorismo y Dignidad y Justicia.
  • Los acusados se muestran "satisfechos", pero esperan que se recurra.
  • Aquí puedes leer la sentencia completa de 'Egunkaria' (PDF).

La Audiencia Nacional ha absuelto este lunes a los cinco directivos -Juan María Torrealdai, José María Auzmendi, Iñaki Uría, Martxelo Otamendi y Xabier Oleaga- del diario Egunkaria acusados de pertenencia a la banda terrorista ETA en un procedimiento que supuso la clausura del periódico en 2003. La Audiencia asegura no haber encontrado evidencias que sustenten dicha acusación.

Siete años después del cierre de ese medio, y después de que el juicio quedara visto para sentencia el pasado 1 de febrero,  la Audiencia no ha tomado parte por la acusación popular -la Fiscalía retiró los cargos- encarnada por la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y Dignidad y Justicia, que pedían 14 años de prisión para cuatro de los acusados y doce para el otro.

En la setencia se puede leer que "el cierre temporal de un medio de comunicación como medida cautelar es de difícil encaje en nuestro ordenamiento jurídico" y asegura "que no tiene cobertura constitucional directa". La Fiscalía pidió en su informe la absolución de los encausados ya que en sus 13 años de existencia el periódico no publicó ningún artículo que demostrara su apoyo, siquiera ideológico, a los terroristas.

La Audiencia sostiene que el diario clausurado no sirvió de instrumento a ETA ni fue un "soporte de actividad criminal alguna" y que su cierre no tenía "habilitación" ni "cobertura constitucional" y carecía de una "norma legal especial y expresa que lo autorizara".

"No se ha acreditado que parte alguna del capital social u otros recursos fueran de procedencia ilícita", subraya la Sala, que añade que "tampoco consta envío o desvío de fondos o activos de clase alguna desde la sociedad editora o el diario a la banda terrorista ETA".

El tribunal entiende que el diario no publicaba editoriales "como expresión de una determinada forma de pensar de sus editores o de las personas que las realizaban diariamente", además de considerar que no se han "defendido postulados de ETA, recibido órdenes de ésta" o que los procesados "fueran designados, estuvieran vinculados, colaboraran u obedecieran consignas" de la banda armada.

Dichos argumentos fueron los que llevaron al juez Juan del Olmo a clausurar el rotativo en febrero de 2003, una medida cautelar que para la Sala tiene "difícil encaje" en el ordenamiento jurídico, ya que no se trata de "empresas o sociedades cualquiera", sino de medios de comunicación que "desarrollan una actividad imprescindible en una sociedad democrática".

Para la Sala, Del Olmo sacrificó la libertad de prensa para prevenir el supuesto riesgo de reiteración delictiva, pero entiende que el juez podría haberlo conseguido "usando posibilidades alternativas de intervención cautelar que no implicaran la interrupción de la actividad informativa".

Además, los magistrados lamentan su "estrecha y errónea visión, según la cual todo lo que tenga que ver con el euskera y la cultura en esa lengua tiene que estar fomentado y/o controlado por ETA" puesto que conduce a una "errónea" valoración de datos y hechos y a la "inconsistencia" de la imputación. "En definitiva, las acusaciones no han probado que los procesados tengan la más mínima relación con ETA, lo que por sí determina la absolución", concluye.

"Satisfacción" y prudencia

Uno de los absueltos en la causa, Martxelo Otamendi -director en su momento de Egunkaria y actualmente en el diario Berria- ha asegurado a 20minutos.es que él y sus compañeros están "muy satisfechos" con la sentecia, ya que supone la "absolución de Egunkaria y todo lo que significaba".

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