Las claves de la nueva ley del aborto

  • Aprobado el anteproyecto de ley sobre la reforma del aborto.
  • Las mujeres tendrán que reflexionar durante tres días, como mínimo, antes de decidir si siguen con la interrupción del embarazo.
  • El ministerio de Igualdad espera que la nueva ley esté aprobada "a finales de este año 2009 o principios de 2010".

El Consejo de Ministros aprobó este jueves el anteproyecto de Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo y Salud Sexual y Reproductiva, que contempla el aborto libre hasta la semana 14 y hasta la 22 en caso de riesgo de la vida o salud de la mujer o graves anomalías en el feto. Pasado este tiempo, "sólo se podría abortar en caso de problemas del feto que sean incompatibles con la vida", explicaron fuentes de Igualdad a 20minutos.es. ¿Y en el caso de riesgo para la vida de la madre? "En ese caso se hablaría de parto inducido, no de aborto..."

Así, se podrá interrumpir voluntariamente el embarazo sin alegar un porqué dentro de las primeras 14 semanas de gestación -como recomendó al ministerio el pasado mes de marzo el Comité de Expertos- y permitir a las mujeres de 16 y 17 años tomar esa decisión sin que se vean obligadas a contárselo a sus padres. Esto, según la ministra de Igualdad Bibiana Aído, trata de dar coherencia al marco jurídico y evitar intervenciones clandestinas.

Por otro lado, la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) será una prestación pública y gratuita, y el Estado velará por su cumplimiento en todas las Comunidades Autónomas a través de la Alta Inspección Sanitaria.

La información, en un sobre cerrado

Este mismo jueves se ha sabido que cualquier mujer que decida abortar recibirá un sobre cerrado con información sanitaria y social con sus derechos y ayudas por si prefiere continuar con la gestación. Dentro también habrá folletos con los pros y contras de abortar, así como los centro donde puede hacerlo.

Las mujeres tendrán al menos tres días para reflexionar antes de decidir si siguen adelante con la interrupción del embarazo, es decir, ninguna mujer podrá hacerlo a las 48 horas. "Garantiza a las mujeres la posibilidad de tomar una decisión libre e informada sobre la interrupción del embarazo dentro de las primeras 14 semanas", agregó Aído.

¿Cuáles son los pasos hasta que se apruebe la ley definitivamente?

El anteproyecto debe pasar ahora por el Consejo Fiscal y el Consejo General del Poder Judicial. Luego volverá al Consejo de Ministros con el fin de poder introducir modificaciones antes de iniciar su trámite parlamentario: Congreso y Senado. El ministerio de Igualdad espera que la nueva ley esté aprobada "a finales de este año 2009 o principios de 2010". Es decir, dentro de aproximadamente seis meses.

Con la ley actual, ¿se puede interrumpir el embarazo?

En España, actualmente es legal interrumpir voluntariamente el embarazo en el caso de los siguientes supuestos y plazos:

  • Si hay grave peligro para la vida o salud física o psíquica de la embarazada (para lo que no hay límite de semanas de gestación).
  • En caso de embarazo consumado en una violación de la que exista denuncia policial (hasta las 12 semanas).
  • El tercer supuesto es la presencia de "graves taras físicas o psíquicas para el feto", es decir, anomalías fetales incompatibles con la vida, alteraciones cromosómicas o defectos mayores del desarrollo del feto que comprometan su vida como persona sana. A este supuesto se lo denomina aborto eugenésico (hasta la semana 22).

Tabla comparativa: las principales diferencias

Ley del aborto actual (1985)
Reforma de la ley (2009)
- Ley de indicaciones:
Constituye un delito despenalizado en tres supuestos: si el embarazo es fruto de una violación -se permite en las 12 primeras semanas de gestación-, si el feto presenta graves taras físicas o psíquicas -el plazo es de 22 semanas- o si hay peligro para la vida de la madre o para su salud física o psíquica -en este supuesto no hay tiempo máximo-.
- Ley de plazos:
El aborto será libre hasta las 14 semanas. Hasta las 22 semanas si hay grave riesgo para la vida o salud de la mujer o graves anomalías en el feto -si se descubren anomalías incompatibles con la vida o enfermedad extremadamente grave e incurable no hay límite. En este caso, un comité médico dictaminará su pertinencia.
- Sanidad:
Menos del 3% de los abortos se practican en centros públicos. Algunas comunidades, financian estos servicios en otros centros.

- Sanidad:
La sanidad pública sí garantizará la práctica del aborto o, al menos,  lo financiará en centros privados concertados.

- Penalizaciones:
Un aborto fuera de la ley podría enviar a la cárcel al médico -de 1 a 3 años- así como quedar inhabilitado entre uno y seis años. Para la mujer, podría haber pena de prisión, de seis meses a un año, o una multa.
- Penalizaciones:
Desaparece la pena de cárcel para la mujer que aborte fuera de los casos permitidos. Se prevén multas que dependerán de las circunstancias. Para el médico, cárcel de uno a tres años e inhabilitación de uno a seis.
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