El TC anula definitivamente la Ley del Referéndum del 1-O

  • La había suspendido cautelarmente el pasado 7 de septiembre.
Recuento de papeletas en uno de los colegios de Barcelona durante el referéndum del 1-O.
Recuento de papeletas en uno de los colegios de Barcelona durante el referéndum del 1-O.
EFE
Recuento de papeletas en uno de los colegios de Barcelona durante el referéndum del 1-O.

El Tribunal Constitucional ha considerado nula definitivamente, por inconstitucional, la ley del referéndum catalán de independencia del 1 de octubre, que ya había sido suspendida cautelarmente el pasado 7 de septiembre y que ahora es privada de cualquier legitimidad en una sentencia firme.

El fallo, adoptado por unanimidad, acepta el recurso del Gobierno contra la norma aprobada por el Parlament, que motivó la posterior convocatoria del 1-O.

En el fallo, adoptado por unanimidad, el TC acepta el recurso del Gobierno contra la norma del Parlament que condujo a la convocatoria y le espeta al legislativo catalán que "un poder que niega expresamente el derecho, se niega a sí mismo como autoridad merecedora de acatamiento".

La norma anulada se denominaba literalmente "Ley del referéndum de autodeterminación" y, por ello, el alto tribunal se detiene a señalar que Cataluña no es sujeto de tal derecho. La autodeterminación, entendida como derecho a promover y consumar su secesión unilateral del Estado, no está reconocida en la Constitución, y tampoco forma parte de nuestro ordenamiento jurídico por vía de tratados internacionales, dice.

Y luego el Tribunal recuerda que "el derecho de libre autodeterminación" de los pueblos que proclaman el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto de Derechos Económicos y Sociales (ambos suscritos por nuestro país) ha quedado limitado en "diversas resoluciones inequívocas de las Naciones Unidas" a los casos de "sujeción de pueblos a una subyugación, dominación y explotación extranjeras".

Fuera de esos supuestos, "todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas".

Por otro lado, para el TC, la norma invade competencias estatales en materia de consultas de carácter referendario y vulnera, entre otros principios constitucionales, la supremacía de la Constitución, la soberanía nacional y la indisoluble unidad de la Nación española. Sostiene, asimismo, que durante la tramitación parlamentaria de la ley el Parlamento de Cataluña incurrió "en muy graves quiebras del procedimiento legislativo", afectando de ese modo a la formación de la voluntad de la Cámara, a los derechos de las minorías y a los derechos fundamentales de todos los ciudadanos a participar en los asuntos públicos mediante representantes.

Además, el Tribunal considera que la ley en su conjunto es, "con toda evidencia, inconstitucional", al contrariar explícitamente "principios esenciales de nuestro ordenamiento constitucional: la soberanía nacional, residenciada en el pueblo español, la unidad misma de la Nación constituida en Estado social y democrático de Derecho, y la propia supremacía de la Constitución".

Respecto al referéndum de autodeterminación vinculante, el Tribunal afirma que "lo que a todos afecta, es decir, la permanencia o no de ese Estado común en que España quedó constituida, no podría, llegado el caso, sino ser reconsiderado y decidido también por todos; lo contrario entrañaría, con la ruptura de la unidad de la ciudadanía, la quiebra, en términos jurídico-constitucionales, de la Nación de todos".

La sentencia reitera que la Constitución admite "su revisión total", pero ésta sólo puede llevarse a cabo "en el marco de los procedimientos de reforma" que el texto constitucional prevé. "Otra cosa supondría -añade la sentencia- liberar al poder público de toda sujeción a Derecho, con daño irreparable para la libertad de los ciudadanos". Esto último, concluye, es "lo que ha consumado el Parlamento de Cataluña al aprobar la ley impugnada".

Así, el Parlamento de Cataluña, con "desconocimiento pleno" de la lealtad constitucional y del principio democrático, "se ha situado por completo al margen del Derecho", dice también.

Finalmente, el Tribunal reitera a las autoridades y cargos públicos de la Generalitat su deber de "impedir o paralizar cualquier iniciativa que pudiera suponer ignorar o eludir el fallo de esta sentencia".

Turull: "El Gobierno central abusa de la complicidad con el TC"

Por su parte, el portavoz del Govern, Jordi Turull, ha defendido que el Govern debe aplicar el "mandato político" del resultado del 1 de octubre pese a la decisión del TC. "El mandato del referéndum es un mandato político que tenemos y que debemos culminar", ha proclamado en la rueda de prensa posterior al Consell Executiu, donde ha defendido que, para el Govern, la ley sigue teniendo legitimidad porque la aprobó la Cámara catalana.

También ha criticado al Gobierno central por "abusar de la complicidad con el Tribunal Constitucional", y ha insistido en que el conflicto político con Catalunya no se resolverá llevando las leyes antes los tribunales, sino abordando las cuestiones políticamente desde el diálogo.

El portavoz del Govern ha evitado hablar explícitamente de desobediencia al Alto Tribunal, pero sí ha recordado que el Govern ya dijo en su día "que siempre haría caso a las leyes del Parlament", aunque estas colisionaran con las decisiones del TC.

Turull ha sabido el fallo durante la rueda de prensa, por lo que ha pedido tiempo para leerlo antes de hacer una valoración más profunda, pero sí ha ironizado la velocidad con la que esta vez se ha pronunciado el tribunal --la ley se aprobó el 6 de septiembre--: "Qué rápido ¿no?". "No lo hemos podido leer, pero tampoco nos sorprende. Estamos asistiendo a un uso abusivo de un tribunal. Hacer un referéndum no es delito y así lo decidió el Congreso", y ha añadido que la Cámara despenalizó hace años que la organización de una consulta pudiera perseguirse con el Código Penal.

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