La Síndica pide a Colau que se informe antes de sancionar pisos turísticos ilegales

  • El Ajuntament inició un procedimiento sancionador contra al menos dos ciudadanos y se equivocó, según ha constatado Vilà.
  • La defensora valora muy positivamente el esfuerzo municipal por frenar la oferta ilegal turística, pero advierte que hace falta ser muy cuidadoso para no cometer errores.
Web del Ayuntamiento de Barcelona sobre pisos turísticos.
Web del Ayuntamiento de Barcelona sobre pisos turísticos.
AJUNTAMENT DE BARCELONA
Web del Ayuntamiento de Barcelona sobre pisos turísticos.

La Síndica de Barcelona, Maria Assumpció Vilà, pide al Ayuntamiento que antes de sancionar a una persona propietaria de una vivienda explotada como piso turístico ilegal se asegure de quién realiza la actividad.

Al menos en dos casos, Vilà ha constatado que el consistorio inició un procedimiento sancionador contra dos ciudadanos por destinar un inmueble suyo como piso turístico sin tener licencia. Finalmente se ha comprobado que el Ayuntamiento se equivocó.

En ambas situaciones, el Ayuntamiento ha corregido el error, pero Vilà ha considerado que la actuación municipal no ha sido eficaz. En una de las resoluciones, la síndica ha recomendado al consistorio ser más diligente en la tramitación de los expedientes, con el fin de mejorar el servicio, y en la otra ha planteado la incorporación de personal al Departamento de Coordinación Técnica de la Inspección que haga una atención directa a la ciudadanía.

Vilà valora positivamente el esfuerzo municipal para frenar la oferta ilegal turística de pisos turísticos y para poder preservar el derecho a la vivienda y disminuir las expectativas especulativas del mercado inmobiliario, pero considera que hay que ser más eficientes en la gestión de los expedientes que se deriven con el fin de poder obtener los resultados esperados.

La síndica advierte también que hace falta ser muy cuidadoso en la búsqueda masiva que se está haciendo de estos pisos a través de internet para no cometer errores. Y subraya que es necesaria la verificación fehaciente de todos los datos obtenidos a través de los portales turísticos, teniendo siempre presente la colaboración interadministrativa.

Primer caso, sanción de 30.000 euros y fotos erróneas

El pasado marzo, un vecino se dirigió a la síndica después de recibir dos cartas del Ayuntamiento de Barcelona por, presuntamente, destinar un piso de su propiedad a vivienda de uso turístico sin tener licencia. En una de las cartas se le comunicaba una sanción de 30.000 euros y en la otra se le instaba a cesar la actividad.

El promotor de la queja aseguró a Vilà que nunca había tenido una vivienda de uso turístico y que la casa que había sido denunciada siempre había estado alquilada por largas temporadas. Ante la imposibilidad de hablar con alguien del consistorio, la persona reclamante contrató a un abogado, presentó un recurso administrativo y solicitó ver su expediente.

Cuando vio el expediente, el ciudadano comprobó que las fotos que había no eran de su piso, lo que le llevó a presentar otro recurso administrativo. El vecino explicó a la síndica que se sentía agraviado por el trato recibido y no entendía cómo el Ayuntamiento podía acusar a la ciudadanía sin tener ninguna prueba y al mismo tiempo ser tan ineficiente al no verificar los datos.

No fue hasta el 20 de marzo del 2017, un mes y 10 días después de que le fuera comunicada la sanción y cuando ya Vilà estaba supervisando el caso, que la persona comunicó que el servicio de inspección municipal había pasado por su vivienda para comprobar que el piso denunciado no se correspondía con la casa donde se estaba cometiendo la infracción. Finalmente, el consistorio corrigió su error.

Segundo caso, nueve meses para resolverlo

El segundo caso que ha supervisado la síndica y ha constatado que la propiedad no explotaba un piso turístico sin licencia se remonta a octubre del 2016 –cuando el propietario presentó la queja--, y el expediente se ha cerrado en mayo del 2017.

El ciudadano expuso a la síndica que el Ayuntamiento le abrió un expediente sancionador, en febrero del 2016, por realizar la actividad de vivienda de uso turístico en un piso de su propiedad en Ciutat Vella sin tener la habilitación. La persona presentó alegaciones e informó que tenía el piso alquilado y que desconocía que se estuviera destinando a este uso.

Dos meses después, el ciudadano recibió otra notificación en que se le comunicaba que la sanción seguía su curso, y volvió a presentar alegaciones. La persona argumentaba que él no ejercía esta actividad y que, presuntamente, la hacía el inquilino.

A principios de septiembre del 2016, el inquilino le devolvió las llaves del piso gracias a un acuerdo judicial. Desde entonces, el promotor de la queja ha intentado hablar con alguien del Ayuntamiento para saber en qué punto se encuentra el expediente, pero no lo ha conseguido.

La síndica ha concluido que la actuación municipal no ha sido acertada. El ciudadano presentó unas alegaciones dentro del plazo establecido de 15 días después de recibir la notificación y no ha sido hasta nueve meses después que se ha propuesto el archivo del expediente atendiendo las alegaciones presentadas.

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